El CNC multa al Consejo del Vino de Jerez por falta grave

La institución sostiene que el cupo de ventas históricas restringe la competencia

Redacción

17 de junio 2009 - 11:01

El consejo de la Comisión Nacional de Competencia (CNC) ha impuesto una multa de 400.000 euros al Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen ‘Jerez-Xérès-Sherry’ y ‘Manzanilla Sanlúcar de Barrameda’ por aprobar y aplicar diversos acuerdos basados en cupos sobre ventas históricas de cada bodega de esta denominación de origen que restringen la competencia entre bodegas y limitan su libertad comercial.

El Consejo Regulador de las Denominaciones de Origen Jerez-Xérès-Sherry y Manzanilla Sanlúcar de Barrameda anunció ayer su intención de recurrir ante la Audiencia Nacional la sanción de 400.000 euros que le ha sido impuesta. El Consejo nada más conocerse la noticia, emitió un comunicado en el que manifiesta su “absoluto desacuerdo” tanto con la resolución como con los fundamentos de derecho que, a juicio de la CNC, un organismo heredero del antiguo Tribunal de Defensa de la Competencia, justifican la imposición de una multa por aprobar y aplicar diversos acuerdos basados en cupos sobre ventas tomando como referencia los cinco últimos años de cada bodega adscritas a la denominación de origen.

El Consejo no ha ocultado su “sorpresa y preocupación” por el hecho de que la CNC “no haya ni entendido ni asumido las argumentaciones” que alegó en su defensa en el curso del expediente.

Al mismo tiempo, la institución ha recordado que durante la instrucción de dicho expediente “ha mantenido una actitud absolutamente colaboradora, transparente e incluso didáctica, procurando hacer llegar a la CNC las sólidas razones sectoriales que llevaron en su momento a diseñar el modelo de cupo que ahora ha sido objeto de sanción”.

Además, ha añadido que en el curso del proceso aportó “pruebas palmarias” de que los acuerdos adoptados no habían tenido “ni la más mínima consecuencia limitativa de la competencia para ninguna bodega inscrita”.

El Consejo cree “sorprendente” que la CNC omita pronunciarse en su resolución sobre la aplicación sui generis de las normas de competencia en el sector agrario, puesta de manifiesto en la jurisprudencia constante del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, referenciada en el reciente asunto Cecasa, “que se sustancia actualmente ante el Alto Tribunal comunitario, tal y como se alegó”.

A este respecto, el Consejo defiende que su actuación se basó en todo momento “en el principio de confianza legítima, adoptando los acuerdos con la convicción que deriva de la aplicación de la normativa vigente y el respaldo de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía”.

En este sentido, el órgano sostiene que “todos los acuerdos” fueron adoptados “reglamentariamente” y “en el marco de las competencias públicas que por delegación ejerce el Consejo Regulador y han sido debidamente comunicadas y elevadas a las instancias pertinentes”.

El Consejo Regulador, por último, recuerda que “no es una entidad con afán de lucro, su volumen de negocios o facturación no existe y por ello no hay base para hacer un cálculo de la sanción”. La resolución de la CNC agota la vía administrativa, si bien cabe la posibilidad de interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, lo que el Consejo tiene intención de materializar antes de dos meses.

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