Según el Comité, Femenía jugó con una "licencia válida"

Europa Press

Cádiz, 29 de agosto 2008 - 15:52

Abelardo Rodríguez, presidente en funciones del Comité Español de Disciplina Deportiva (CEDD), ha explicado que dicho órgano ha rechazado el recurso interpuesto por el Cádiz, para que le fuera dado por ganado el partido de la última jornada del pasado campeonato liguero ante el Hércules, al entender que el jugador alicantino Francisco Femenía no incurrió en alineación indebida, al tener una licencia válida para jugar.

Rodríguez, que presidió la reunión llevada a cabo hoy por el CEDD al estar ausente el titular, Liborio Hierro, recordó que Femenía «obtuvo licencia antes del ultimo periodo válido para ello» y que, «por tanto no hay alineación indebida, ya que el jugador tiene título habilitante»

Por lo tanto, el CEDD vuelve a ratificar lo que anteriormente determinaron el Comité de Competición y el de Apelación, por lo que, de paso, se confirma que el Cádiz militará en Segunda B y el Córdoba, al que la decisión, en caso de ser favorable para los cadistas habría descendido de categoría, permanecerá en Segunda.

Las 18 páginas de resolución recogen, entre otras cosas que «aún en el hipotético supuesto de que debiera prevalecer una interpretación de la normativa federativa con arreglo a la cual, para poder ser alineado con el club principal, expedido dentro de los periodos de formalización de inscripciones de la división o categoría del club principal, ello no supondría que en este caso hubiera existido alineación indebida de Don Francisco Femenía Fas, dado que este jugador obtuvo de la Liga Nacional de Fútbol Profesional el visado previo de su licencia para participar en la competición profesional».

Igualmente, se precisa que en la LNFP consta como dato que la fecha de expedición de esa licencia era el 6 de septiembre de 2007, «lo que supone que, al intervenir en el partido del 15 de junio de 2008, se hallaba amparado por ese acto propio de la organización federativa, e implica que esa intervención no pueda ser calificada de alineación indebida por la causa invocado por el club recurrente».

Por último, el CEDD deniega el recurso del Cádiz y establece la «íntegra confirmación de la resolución del Comité de Apelación de la RFEF de 23 de julio de 2008, declarando la inexistencia de la alineación indebida denunciada del futbolista juvenil del Hércules CF, en el partido disputado el 15 de junio de 2008».

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