Lo que establece el PGOU y la normativa de evacuación de gases
Cuando un edificio cuenta con nivel de protección 1, como es el caso de Isabel la Católica, 3, dispone de protección global de todo el edificio, "preservando sus características arquitectónicas, la envolvente exterior del edificio, la posición de los planos de fachada, la disposición de elementos comunes y de la distribución vertical". Por otra parte, el reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos establece -en el Real Decreto 919/2006- que "la evacuación de los productos de la combustión debe efectuarse por la cubierta", salvo excepciones cuando se trata de aparatos de potencia útil igual o inferior de 70 kilovatios. Sin embargo los vecinos no han sido informados de la potencia exacta de estas instalaciones, por lo que desconocen si también incumple el decreto que regula la evacuación de humos.
También te puede interesar
Contenido ofrecido por Turismo de Ceuta
Contenido ofrecido por CEU en Andalucía