Cancelan una deuda de 58.000 euros a una gaditana, endeudada por los 'microcréditos' solicitados
La mujer tuvo que hacer frente a los pagos tras quedarse sola, con una hija a su cargo y una pensión mínima como único ingreso
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La difícil situación económica de una mujer, madre de familia y con ingresos mínimos, la ha llevado a solicitar acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad tras quedar completamente sola y asumir el total de las deudas familiares acumuladas.
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La situación comenzó cuando la solicitante, junto a su entonces pareja, contrajo una serie de préstamos con distintas entidades financieras con el objetivo de hacer frente a gastos necesarios y deudas previas. Con una hija a su cargo y una pensión mínima como único ingreso, los gastos no dejaban de aumentar, lo que obligó a la pareja a seguir recurriendo a créditos para poder subsistir.
Durante este tiempo, los bancos aceptaban las solicitudes de nuevos préstamos, sin considerar la creciente carga financiera del hogar. Sin embargo, la situación empeoró rápidamente con el aumento de los intereses y la acumulación de cuotas impagables.
El golpe definitivo llegó cuando la pareja de la solicitante decidió abandonar el hogar, dejándole a ella la responsabilidad total de todas las deudas contraídas en conjunto. Desde entonces, la solicitante ha intentado hacer frente a los pagos, pero la situación ha llegado a ser insostenible.
Fue entonces cuando, acumuló esta suma de dinero y es ahí cuando acudió a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad de ámbito nacional que ayuda a personas que no ven salida a sus deudas. Tras estudiar su caso, los abogados de la entidad le aconsejaron declararse insolvente y acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Pepe Domínguez, abogado de la Asociación, detalla cómo reciben un caso así: "En una situación así la desesperación lleva a solicitar nuevos créditos para pagar otros antiguos, pero esto no es más que un parche. Los intereses de estos créditos pueden superar el 100% TAE y, si impagas un recibo, las llamadas con continuas amenazas se convierten en todo un calvario para los deudores".
Pasos para conseguir la liberación de las deudas
El primer trámite es informar a los Juzgados competentes de la situación de la deudora. Con un preconcurso de acreedores, comienza un periodo por el cual la interesada no debe pagar a nadie y tiene cualquier posibilidad de embargo paralizada.
En el siguiente paso, se presenta la demanda de concurso por los letrados en el Juzgado Competente. "Lo que se pide al tribunal es la apertura de una fase judicial donde se exponen principalmente dos aspectos: la situación actual de la deudora y la explicación de cómo se originó todo, demostrando que es una deudora de buena fe".
Una vez admitido por el tribunal y valorado las posibilidades de pago de la protagonista, en cuyo caso actual eran nulas, se procede a pedir la solicitud de exoneración. Los requisitos en términos generales son la insolvencia del deudor, no haber sido exonerado en los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico. Concretamente, el Juez debe confirmar estas condiciones antes de emitir la sentencia.
Esta resolución definitiva dictada 11 de abril de 2025 concediendo el EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a esta deudora libre de 58.579 euros. Desde entonces, los acreedores del asociado no podrán reclamar ningún pago más a la ya ex-deudora ni incluirlo en ficheros de morosos.
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