Cádiz

Condenado por vejar a una vecina el expulsado de su casa por hacer ruido

  • García Lavié suma otras sentencias y multas: por desobedecer a policías locales, por insultar a dos vecinas y por quebrantar la prohibición de comunicarse con ellas

El Juzgado de lo Penal número 2 de Cádiz ha condenado a Alberto García Lavié, el hombre al que una sentencia aún no firme obliga a abandonar su casa de la calle Escalzo durante tres años por hacer ruido, a pagar una multa de 2.880 euros por un delito de quebrantamiento de condena. La sentencia considera probado que el procesado incumplió la prohibición de comunicarse con una vecina que le impuso otra resolución anterior, dictada en noviembre de 2008 y confirmada por la Audiencia Provincial de Cádiz en marzo de 2009.

Además de la multa por quebrantar la prohibición de comunicarse con la vecina, la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 impone a García Lavié otra multa de 120 euros por una falta de vejaciones a la mujer con la que tenía prohibido comunicarse. También le impone cinco meses de prohibición de comunicación con la víctima.

La resolución no es firme y probablemente ha sido recurrida ante la Audiencia. Fue dictada el pasado noviembre y es, por tanto, anterior a la del Juzgado de Primera Instancia número 1 que condenó a García Lavié a abandonar su vivienda durante tres años por las continuas molestias que causa al poner a un volumen excesivo la radio, el equipo de música y otros aparatos. Esos hechos se vienen sucediendo durante años, el hombre ha sido requerido en varias ocasiones para que cese el ruido y él ha persistido en su actitud, incluso tras haber sido denunciado varias veces ante la Policía Local y pedirle los agentes que dejase de molestar a los vecinos, explica la resolución, que fue dictada el pasado 26 de enero.

Los hechos sobre los que se pronuncia esa sentencia que opta por privar a García Lavié de su vivienda han deparado varios procedimientos. Uno de ellos dio lugar a una resolución, dictada en noviembre de 2008, que también condena a esa persona a pagar una multa de 240 euros por una falta de desobediencia leve a agentes de la autoridad. La sentencia, del Juzgado de Instrucción número 4 de Cádiz, considera probado que el 28 de octubre de 2008, sobre las seis y cinco de la madrugada, dos policías locales acudieron al domicilio de García Lavié para notificarle una denuncia por ruidos molestos. Agrega que los agentes, después de identificarse debidamente como policías, requirieron al denunciado para que apagase la música, dado que rebasaba los límites permitidos. El denunciado se negó a desconectar el equipo de música, los agentes reiteraron su petición y el hombre contestó que mientras no le enseñasen el título de técnico en sonometría, no apagaría el equipo, relata la sentencia.

Posteriormente vino la resolución dictada en noviembre de 2008, que incluía la prohibición de comunicarse con dos vecinas. Esa sentencia, también del Juzgado de Instrucción número 4, condenó a García Lavié a pagar 100 euros de multa por una falta de vejaciones. El juez estimó probado que hacia la una menos diez de la madrugada del 8 de octubre de 2008, como ya habían hecho en numerosas ocasiones anteriores, dos vecinas llamaron a la Policía Local para presentar una queja por el ruido que emitía un aparato de música en su edificio.

La Policía acudió al domicilio de García Lavié y tramitó la denuncia. A continuación, éste, desde su vivienda y a voz en grito, según la resolución, les dijo a las vecinas "que no las quería ni su puta madre". García Lavié dijo en el juicio que era objeto de una especie de persecución y negó haber proferido el insulto. Pero el juez lo vio "nervioso y visiblemente contrariado" y encontró su versión "menos convincente" que la de las vecinas.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios