El Equipo de Gobierno califica de “privilegios inentendibles” las exenciones del pago del IBI de la Iglesia
Cádiz
“Este privilegio está blindado por una ley estatal, lo que hace es que ata de pies y manos a los ayuntamientos", apuntan
El Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz, tras la publicación en el Portal de Datos Abiertos de la ampliación del listado de las exenciones y bonificaciones del IBI de inmuebles, considera que actualmente existe un buen número de exenciones que afectan directamente a la Ordenanza Fiscal del Consistorio, y lo califica como “privilegios que a día de hoy no se entienden”. “En el momento actual en el que nos encontramos, con la especulación del ladrillo, la subida de las hipotecas, alquileres y todo lo relacionado con los bienes inmuebles, que haya un número ingente de propiedades exentas de pagar, nos parece un privilegio inentendible”.
El Equipo de Gobierno considera que estas exenciones deben “erradicarse”, por ello señala directamente al Gobierno Estatal, ya que vienen reguladas a través de la ley de bienes de la Iglesia Católica y asociaciones confesionales no católicas, según el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979.
“Este privilegio está blindado por una ley estatal, lo que hace es que ata de pies y manos a los ayuntamientos, que ya de por sí están 'infrafinanciados' y le da posesiones de privilegios a la Alta Iglesia”, consideran. El Gobierno local entiende que la Iglesia “tiene inmuebles sin tener que pagar IBI, para su beneficio propio, sin aportar económicamente nada al Ayuntamiento que revierta en el común de la sociedad”.
Es por ello que desde el Equipo de Gobierno sostienen que “en estos momentos de carestía económica, sería idóneo llevar a cabo esta reforma de la ley para que no se pierda, como en este caso se apunta, más de 780.000 euros que no se pagan”. Así, desde el Equipo de Gobierno se insta, al menos, a que se plantee la posibilidad que los propios ayuntamientos puedan decidir por sí mismos si aplicar o no estas bonificaciones y exenciones, “y no que vengan directamente impuestas por ley, máxime en un estado aconfesional”.
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