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Cádiz

El Ayuntamiento regula con un bando la celebración de las 'zambombás' navideñas

El alcalde de Cádiz, José María González, ha emitido un bando municipal en el que informa que el plazo para celebrar las tradicionales zambombás será entre el 24 de noviembre y el 25 de diciembre desde las 14.00 a las 00.00 horas. Se deberá presentar solicitud para organizarlas sin son de tipo profesional que se celebren en establecimientos autorizados para el desarrollo de otra actividad, sean o no de espectáculos públicos, de actividades recreativas, entendidas y concebidas como aquellas en las que el establecimiento o local contrata la actuación, aún cuando no perciben remuneración, y en las que los usuarios adquieran la condición de público/espectador. También se deberán solicitar autorización para las zambombás que se celebren en plazas, calles y espacios de dominio público organizado por particulares.

Con el objetivo de poder tramitar la autorización previa como actividad extraordinaria, los organizadores quedan obligados a presentar la solicitud habilitada al efecto con 15 días hábiles de antelación sobre la fecha prevista para la celebración del evento. En el caso de establecimientos y locales, la solicitud irá dirigida a la Delegación de Urbanismo mientras que en el caso de espacios de dominio público, terrazas o veladores, la solicitud se deberá entregar en la Delegación de Vía Pública.

Por otra parte, quedan exceptuadas de la necesidad de obtener autorización municipal previa y extraordinaria aquellas que se celebren en establecimientos que cuenten con autorización para el desarrollo de la actividad de salas de fiestas, salón de celebraciones, teatros y auditorios, siempre que se realicen bajo los requisitos y límites de la misma; aquellas de carácter 'tradicional' entendidas como aquellas celebraciones participativas en las que no hay separación entre protagonistas y el resto del público, que se celebren en establecimientos autorizados para el desarrollo de otra actividad, sean o no de espectáculo público y actividades recreativas, siempre que se desarrollen entre los días 24 de noviembre y 25 de diciembre (de 14.00 a 00.00 horas), no superen los límites de ruido y no usen equipos amplificadores de sonido y o reproductores de música.

Dado el carácter extraordinario de estos eventos, no se autorizarán zambombás para un mismo establecimiento que respondan a una programación cíclica o se pretendan celebrar con periodicidad. Es por esto por lo que sólo se podrán otorgar un máximo de cinco autorizaciones por establecimiento.

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