caso de los ERE

El informe forense recomienda que Griñán no entre en prisión hasta que "remita" su cáncer

El ex presidente de la Junta José Antonio Griñán.

El ex presidente de la Junta José Antonio Griñán. / europa press

El informe de la forense que ha examinado al ex presidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán recomienda que no entre en prisión hasta que se "confirme la remisión, en su caso, de su patología oncológica". El dictamen advierte de que aún se desconoce "cuál será la evolución" del cáncer de próstata detectado en diciembre pasado a Griñán y, en este sentido, subraya que los posibles efectos secundarios y las frecuentes revisiones son "poco compatibles" con la vida en prisión.

Así lo especifica el informe que la forense del Instituto de Medicina Legal (IML) de Sevilla ha remitido a la Sección Primera de la Audiencia, encargada de la ejecución de la sentencia de los ERE. El dictamen, al que ha tenido acceso es periódico, señala que, tras la entrevista personal con el ex alto cargo y "a la luz de la información clínica aportada, se puede concluir, la no conveniencia de su ingreso en un centro penitenciario hasta tanto se confirme la remisión, en su caso, de su patología oncológica por los servicios de Urología y de Oncología Radioterápica". 

El informe recuerda que el diagnóstico del servicio de Urología señala que se trata de un cáncer "localizado de alto riesgo", según la guía europea, y de "riesgo intermedio desfavorable", según la guía americana, y propone un tratamiento que Griñán, que tiene 76 años, ya ha comenzado.

La Audiencia de Sevilla, a instancias de la Fiscalía Anticorrupción, solicitó a la forense que ampliara su dictamente sobre dos aspectos concretos, relacionados con si el ingreso en prisión pueden tener incidencia en el desarrollo de la enfermedad o en el tratamiento prescrito, y en segundo lugar que aclarase si el penado "padece una enfermedad muy grave con padecimientos incurables y si con el tratamiento médico prescrito y las revisiones médicas fijadas, pudiera ser sujeto del régimen y tratamiento penitenciario, esto es, si puede o no tratarse y conllevar su enfermedad estando cumpliendo una pena privativa de libertad en un establecimiento penitenciario".

Sobre la primera cuestión, la médico indica que "los médicos forenses son requeridos para realizar análisis médico legales valorando enfermedades o patologías que ya están en un estadio evolutivo o que han recibido un tratamiento y esto permite definir con más precisión lo interesado". En el caso de Griñán, prosigue, el diagnóstico es "muy cercano en el tiempo y por otro lado el tratamiento aún no se ha llevado a cabo, por tanto desconocemos a ciencia cierta cuál va a ser la evolución, por lo que estamos ante un análisis predictivo en cualquier caso".

Los enfermos de cáncer necesitan "un apoyo familiar y social"

No obstante, considera que en cualquier persona produce "un derrumbe de su estructura psíquica y con una incertidumbre enorme respecto al tratamiento y evolución, datos difícilmente valorables desde un punto de vista objetivo". Lo que sí se puede presumir, añade el dictamen, es que el ingreso en la cárcel "no ayuda a afrontar una enfermedad de esta entidad que necesita todos los recuross disponibles que tiene la persona a su alcance en estas circunstancias, esto es, un apoyo familiar y social, necesario e incluso imprescindible en estos casos".

En cuanto a la segunda cuestión, la forense explica que el cáncer es una enfermedad "muy grave, entendiendo que, en principio, y dado el pronóstico emitido, existen posibilidades de curación, pero como aún no se ha realizado el tratamiento, desconocemos cuál será su evolución tras la toma de la medicación y la radioterapia, de los posibles efectos secundarios e incluso de los efectos adversos del mismo, que llevarían o bien hacia su remisión o bien hacia un pronóstico más desfavorable".

En este sentido, señala que en la actualidad el tratamiento del cáncer es "eficaz en un alto porcentaje de casos, salvo cánceres muy agresivos o en estadios terminales de los mismos". Dice el dictamen que si bien la sanidad Penitenciaria puede hacer frente a "cualquier demanda médica, lo cierto también es que los posibles efectos secundarios en el tratamiento hormonal y de radioterapia, así como las frecuentes revisiones a las que va a ser sometido, parecen poco compatibles con la dinámica carcelaria, esto es, la vida en prisión, que tiene sus propios requerimientos para los penados".

Por todo ello, la forense concluye en la "no conveniencia de su ingreso en un centro penitenciario hasta tanto se confirme la remisión, en su caso, de su patología oncológica por los servicios de Urología y de Oncología Radioterápica".

La Audiencia de Sevilla ha dado traslado del informe a la Fiscalía Anticorrupción y a las acusaciones del informe, y ha pedido en una providencia que se pronuncien sobre si en estas circunstancias Griñán debe entrar o no en prisión en este momento.

Seis de los condenados están ya en prisión

De los ocho ex altos cargos condenados a penas de prisión por el delito de malversación, seis de ellos ya están en prisión. Todos salvo Griñán y el ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá, que también está pendiente de informes médicos sobre el cáncer que padece.

El pasado 2 de enero, día en el que se cumplía el plazo de diez días decretado por la Audiencia de Sevilla para el ingreso voluntario en prisión, entraron el ex consejero de Innovación Francisco Vallejo, el ex viceconsejero Jesús María Rodríguez Román y el ex director de la agencia Idea Miguel Ángel Serrano Aguilar.

Esa misma mañana del día 2 de enero había entrado en la cárcel de Huelva el ex consejero de Empleo José Antonio Viera, el día 1 de enero lo hizo en Puerto III el ex consejero también de Empleo Antonio Fernández, y el 28 de diciembre lo hizo la ex consejera de Economía y Hacienda Carmen Martínez Aguayo, que fue la primera en entrar de forma voluntaria en la cárcel para cumplir su condena.

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