Vilaplana impone fianzas de 60 y 87 millones a Antonio Fernández y al conseguidor de los ERE
caso de los ERE
La Fiscalía Anticorrupción pide 12 años de cárcel para Antonio Fernández en esta nueva pieza de los ERE y 18 años para Juan Lanzas
El juez procesa a 35 investigados por el pago de sobrecomisiones en el caso de los ERE
Fianzas millonarias en la pieza de las sobrecomisiones que presuntamente se pagaron por enciam de la media del mercado en las pólizas de las prejubilaciones vinculadas a los ERE financiados por la Junta y que los peritos han fijado en 66 millones. El juez de refuerzo de Instrucción número 6 de Sevilla José Ignacio Vilaplana ha abierto juicio oral contra 35 investigados, entre ellos tres ex altos cargos de la Junta de Andalucía, y les ha impuesto fianzas que de 60 y 87 millones de euros, respectivamente, en el caso del ex consejero de Empleo Antonio Fernández y del conseguidor de los ERE, el sindicalista Juan Lanzas Fernández.
En un auto dictado con fecha del 1 de febrero, al que ha tenido acceso este periódico, el juez ha impuesto asimismo una fianza de 66 millones al dueño de Uniter, José González Mata; de 60 millones al abogado Carlos Leal Bonmati y de este mismo importe a varias empresas a las que considera responsables civiles subsidiarios. Además de los 60 millones impuestos al ex consejero Antonio Fernández -que está en prisión por el primer juicio de los ERE, la pieza política-, el magistrado ha fijado una fianza de 15 millones para el ex director de Trabajo y Seguridad Social Juan Márquez y de 900.000 euros para su sucesor, Daniel Alberto Rivera.
De la misma forma, ha establecido otra fianza de 390.000 euros para el sindicato CCOO y de 290.000 euros al sindicato UGT, como responsables civiles subsidiarios en relación con los responsables de estas organizaciones que figuran entre los 35 procesados.
El magistrado José Ignacio Vilaplana explica que con estas fianzas, que han sido requeridas a los acusados para sean prestadas en el plazo de "dos días", se pretende "asegurar las responsabilidades pecuniarias (multa, responsabilidad civil, costas) que en definitiva puedan declararse procedentes, decretándose el embargo de sus bienes en cantidad suficiente para asegurar dichas responsabilidades, si no prestare la fianza exigida".
Así, la cuantía de las correspondientes fianzas que se establecen en el auto se han fijado en atención a las indemnizaciones reclamadas por la Fiscalía Anticorrupción y la acusación particular que ejerce la Junta de Andalucía y "a la vista de las demás responsabilidades de tipo pecuniario (multas y costas procesales) que pudieran imponerse a cada uno de los acusados", teniendo en cuenta asimismo el incremento del tercio legal correspondiente por ley, precisa el auto.
Penas de hasta 18 años de cárcel para los acusados
El juez ha decretado la apertura de juicio oral después de que la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones hayan presentado sus escritos de conclusiones provisionales, en los que atribuyen a los 35 acusados delitos de prevaricación, malversación, cohecho, falsedad documental, asociación ilícita y blanqueo de capitales, por los que piden penas de hasta 18 años de cárcel para los acusados.
De todos los procesados que se sentarán en el banquillo de los acusados por esta pieza de los ERE, que es de las más importantes por enjuiciar tras la denominada pieza del "procedimiento específico" o "pieza política", el Ministerio Público reclama la mayor pena para el conseguidor de los ERE Juan Lanzas, al que solicita 18 años de prisión por dos delitos de asociación ilícita, un delito continuado de malversación y falsedad documental, cohecho, blanqueo de capitales y prevaricación.
En relación con los ex altos cargos investigados, el fiscal pide 12 años de cárcel para el ex consejero de Empleo Antonio Fernández; 9 años para el ex director de Trabajo Juan Márquez y seis años y un mes de prisión para el también ex director de Trabajo Daniel Alberto Rivera. El dueño de Uniter, José González Mata, se enfrenta a una condena de 13 años de cárcel y el abogado Carlos Leal Bonmati a 10 años de prisión, mientras que a Juan Francisco Trujillo -el que fuera chófer del director de Trabajo Javier Guerrero- se reclama una condena de cuatro años de prisión por malversación y prevaricación. El ex chófer tiene pendiente otro juicio por las ayudas que Guerrero le concedió y por el que se enfrenta a otros 14 años de prisión.
Para los sindicalistas Salvador Mera, ex secretario general de UGT en Cádiz, y Manuel Roberto Carmona, secretario de la Federación Minerometalúrgica andaluza de CCOO, Anticorrupción pide una condena de tres años y medio de cárcel y siete años de inhabilitación abosluta por delitos continuados de malversación, falsedad en documento mercantil y prevaricación.
Los hechos investigados
El magistrado José Ignacio Vilaplana consideró en un anterior auto, dictado en diciembre de 2021 y en el que procesó a los 35 investigados, que el ex consejero de Empleo y los ex directores generales de Trabajo Francisco Javier Guerrero -ya fallecido- y Juan Márquez, junto a varios responsables del grupo Vitalia y otros investigados, “de común acuerdo y con ánimo de lucro, aprovechando la ausencia de control alguno de los fondos públicos destinados a las ayudas sociolaborales concedidas por la Junta, habrían diseñado y ejecutado -mediante el desempeño del papel asignado a cada uno de ellos- un sistema que habría permitido crear un fondo de caudales públicos constituido por el exceso indebido de las comisiones de las pólizas asociadas a estas ayudas, abonado por la Junta -con cargo a varios programas presupuestarios de la Consejería de Empleo y a otros de la Consejería de Innovación-, naturalmente ordenado, aceptado y consentido por referidos responsables de la Consejería de Empleo y fijado en su cuantía por los mediadores de las respectivas pólizas en las que intervenían”.
En este punto, el magistrado indica que “este fondo de sobrecomisiones, una vez abonadas éstas, habría sido posteriormente distribuido a través fundamentalmente de sociedades instrumentales, en muchos casos mediante la simulación de operaciones comerciales ficticias, para integrarse finalmente en el patrimonio de dichos “mediadores” y comisionistas (“conseguidores”) y otros intervinientes en el proceso, obteniendo así la parte que a cada cual le correspondía, participando en este lucrativo “negocio” de intermediación en la obtención de ayudas y financiación pública de costes de extinción colectiva de relaciones laborales”, todo ello “bajo una apariencia de legalidad y al amparo de instrumentos jurídicos a través de los cuales se habría de proceder a la instrumentalización ilícita de ayudas y subvenciones públicas, con el fin de hacer suyos y desviar de su destino natural parte sustancial de tales fondos del Patrimonio Público Autonómico”.
Las mediadoras
“Sin justificación que acredite la necesidad de su participación, sin fijación de criterio alguno de selección de las mismas y sin la utilización de procedimientos de concurrencia competitiva -o de cualquier otro- en su contratación, diversas entidades mediadoras habrían intervenido, al margen de cualquier mínima forma de legalidad, en la negociación y formalización de las pólizas de seguros asociadas” a las ayudas sociolaborales, señalando el juez que las mediadoras “implicadas en la mecánica ilícita objeto de las actuaciones estarían integradas principalmente”, bien en el Grupo Uniter, bien en el grupo Vitalia.
El juez enumera las presuntas irregularidades analizadas en la intervención de estos agentes y en la mediación de las pólizas y concluye que “la irregularidad de mayor relevancia habría sido la forma -arbitraria, excesiva y fraudulenta- de establecer la cuantía de la retribución (sobrecomisiones) de estas entidades por su intervención en la negociación, formalización y pago de las correspondientes pólizas”, y, de hecho, “la retribución de las entidades mediadoras fue el mecanismo utilizado, de común acuerdo por los investigados, para obtener un enriquecimiento ilícito con cargo a los fondos públicos de la Junta destinados a financiar las ayudas sociolaborales”.
Según concluye, el resultado de esta “mecánica delictiva” habría determinado que, según se deduce de lo actuado, “el exceso de comisiones totales cobradas irregularmente por entidades del Grupo Uniter ascendería a la suma de 29.804.937,20 euros, en tanto que las entidades del Grupo Vitalia habrían cobrado sobrecomisiones por importe total de 36.228.300,10 euros, lo que supone un enriquecimiento ilícito por importe total de 66.033.237,30 euros”.
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