Provincia de Cádiz

La juez condena a Tráfico por tardar en admitir un error con una multa

  • Un vecino de Chiclana no logró parar una sanción impuesta en Valladolid pese a que demostró que el agente se había equivocado

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Cádiz ha condenado a la Dirección General de Tráfico (DGT) a abonar los gastos judiciales que tuvo que afrontar un vecino de Chiclana cuando se encontró con que la Administración se negaba a admitir que le habían multado por un error. Tráfico sí aceptó que había cometido una equivocación, y retiró la multa, cuando se vio ante una demanda en los tribunales, lo que hizo innecesario seguir con el procedimiento. Pero al archivar el caso, la juez ha considerado que Tráfico reaccionó tarde: que había razones más que suficientes para que hubiese admitido el error sin necesidad de que el sancionado tuviese que acudir a la Justicia.

El auto dictado por la magistrada María Salud Ostos el pasado día 21 explica que la DGT "tuvo la posibilidad de revisar su propio acto a través del recurso que el interesado interpuso en vía administrativa y su confirmación obligó al interesado a acudir al proceso jurisdiccional, lo que le ha ocasionado gastos, entre ellos el pago de las tasas judiciales".

El abogado del vecino de Chiclana multado por error, Juan Carlos Velasco Perdigones, comentó ayer que se trata de una resolución novedosa que viene a poner freno al afán recaudatorio de la Administración, "que desestima casi por sistema las alegaciones y recursos efectuados por los ciudadanos".

El conductor domiciliado en Chiclana recibió una multa de 200 euros por no tener en vigor la ITV su vehículo. El hombre consideró totalmente injusta la sanción. No sólo porque su automóvil estaba al día con la ITV sino porque la multa había sido impuesta en Valladolid y él no había visitado nunca esa ciudad ni su coche había pasado por allí.

El sancionado presentó entonces un recurso en el que explicaba que se había producido un error al ser anotada la matrícula del vehículo. El agente que puso la multa se había equivocado y había escrito un número de más.

La respuesta de la DGT fue desestimar las alegaciones del conductor multado, que optó por presentar un nuevo recurso, también en vía administrativa.

En esta segunda ocasión, el sancionado aportó un informe del agente de la Guardia Civil que había puesto la multa en el que éste explicaba el error que había cometido al anotar el número de la matrícula del vehículo.

No sirvió de nada. La DGT mantuvo la sanción y el conductor se vio ante dos opciones: aceptar la multa y pagar los 200 euros o embarcarse en una demanda judicial que finalmente, aunque le ganase a la DGT, le costaría más que ceder y aceptar la multa injusta.

El hombre decidió acudir a los tribunales, solicitar amparo judicial. Presentó una demanda y entonces, de pronto, sin más demora, la DGT se echó atrás. En cuanto Tráfico supo que tenía que enfrentarse a un proceso judicial, le comunicó al vecino de Chiclana que la multa quedaba revocada.

Llegó entonces el auto de archivo del asunto y, con él, la imposición de las costas del demandante a Tráfico, con un límite de 200 euros.

La juez explica en su auto que la ley prevé que en los casos en los que el demandado se allana a la demanda antes de contestarla no procede imponer las costas. Pero con una excepción: que antes de la demanda, el demandante "hubiese formulado al demandante requerimiento fehaciente y justificado".

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