Provincia de Cádiz

Condenan al SAS por despido discriminatorio de una médico embarazada

  • La doctora fue cesada en junio de 2008 mientras se encontraba en situación de incapacidad temporal por embarazo de alto riesgo. El Juzgado Contencioso Administrativo nº 2 de Cádiz ha dictaminado que el Servicio Andaluz de Salud debe reincorporarla en su puesto

Una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo nº 2 de Cádiz ha condenado al Servicio Andaluz de Salud por discriminación al cesar a una médico embarazada, a la que debe reincorporar en su puesto.

El bufete RDávila y Asociados, que representa a la demandante, ha explicado en una nota que ésta fue cesada en junio de 2008 mientras se encontraba en situación de incapacidad temporal por embarazo de alto riesgo, tras haber estado prestando sus servicios mediante contratos temporales desde 2005 hasta el 30 de junio de 2008, cuando se produjo la baja.

Los letrados indican que la sentencia declara el «carácter fraudulento» de los contratos celebrados con la demandante, en la medida en que «no respondían a una necesidad extraordinaria o coyuntural por parte del SAS, sino que era evidente la necesidad permanente de dotar de personal al Dispositivo de Apoyo Bahía de Cádiz - La Janda, en el que prestaba servicios la médico embarazada».

Agregan que la sentencia considera «relevante» el hecho de que, producido el cese de la trabajadora, «inmediatamente se contratara a un tercero para ocupar el mismo puesto de trabajo».

En relación con este cese, la sentencia considera probado que el mismo no tuvo más justificación que la situación de embarazo de la trabajadora, ya que hasta la fecha se habían sucedido las contrataciones sin solución de continuidad para el mismo puesto de trabajo.

Tras conocer la situación de embarazo de alto riesgo, a través de un informe de la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales y de la Unidad de Incapacidades Laborales, continúa explicando los abogados de la demandante, «el SAS procede a no renovar el contrato a la trabajadora, y contratar a otra persona , en este caso un hombre, en su lugar».

El bufete explica que es por este motivo por lo que la sentencia no encuentra más justificación lógica en el cese que la situación de gestación de la trabajadora, lo que constituye «una actuación discriminatoria por razón de sexo».

La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, condena al SAS a readmitirla en su puesto de trabajo como Médico de Familia interino, además de obligar a la Administración a abonarle las retribuciones dejadas de percibir desde su cese hasta el momento de su reincorporación.

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