Vía libre para el juicio para Quality Food tras el rechazo de los recursos

La Audiencia Provincial respalda el auto de la jueza del número 3 y echa para atrás las peticiones de varios de los acusados pero cuestiona algunos elementos de la instrucción

Melchor Mateo

Cádiz, 09 de junio 2017 - 02:05

La Audiencia Provincial de Cádiz ha desestimado todos los recursos presentados contra el auto que pedía la apertura de juicio oral en el llamado caso Quality Food, que juzga unas supuestas irregularidades en el Consorcio de la Zona Franca a la hora de adquirir las acciones de esta corporación alimentaria. El rechazo de los recursos contra el auto de procedimiento abreviado da lugar a que se pueda cerrar la instrucción y a que se celebre el juicio en el que están imputados entre otros, el ex delegado de la Zona Franca, Miguel Osuna; el que fuera su jefe de gabinete, José Manuel Fedriani; el propietario y fundador de Quality Food, Manuel García Gallardo; varios de sus familiares y alguna persona más.

En el auto dictado por la sección primera de la Audiencia de Cádiz al que ha tenido acceso este periódico se respalda la decisión del juzgado de instrucción número tres , que se había publicado el 7 de julio de 2015 y que había sido recurrido por varios de los acusados, entre ellos los citados José Manuel Fedriani y Manuel García Gallardo.

La Audiencia considera que hay motivos para entender que ha habido conducta delictivaAfirma que el auto de la jueza "adolece de sistemática y mezcla sin pudor datos"

Este caso juzga si se cometieron irregularidades en la compra de las acciones de Quality Food, si la operación se hizo de espaldas al comité ejecutivo y si la valoración de la corporación alimentaria fue muy por encima de la que debía. También se analiza si el fundador de Quality hizo creer que la situación de la empresa era mucho más boyante de la real, además de que en las respectivas ampliaciones de capital que se hicieron, presuntamente no llegó a depositar el dinero.

La Abogacía del Estado, que representa en este proceso los intereses de la Zona Franca, pide para Osuna y Fedriani siete años de cárcel por malversación de caudales públicos y fraude.

La Fiscalía lleva a elevar la pena de prisión para Manuel García Gallardo a los 16 años y 7 meses por diversos delitos; a su madre a 14 años y siete meses; y a Miguel Osuna y José Manuel Fedriani a diez años de prisión entre otros.

La fecha del juicio no se había podido poner todavía por la Audiencia Provincial debido a que el auto del juzgado de instrucción había sido recurrido por una buena parte de los acusados.

Sin embargo, la Audiencia Provincial ha desestimado mediante un auto cada uno de los recursos, entre ellos el del empresario Manuel García Gallardo, que había denunciado la vulneración de sus derechos a la tutela judicial efectiva durante el proceso.

En el caso de García Gallardo, la Audiencia Provincial le da un tirón de orejas a la jueza instructora, ya que dice que está de acuerdo con García en que "adolece de sistemática, entremezcla sin pudor datos y es de dificultosa comprensión", pero aún así señala que recoge "hitos" que podrán servir de "sustento para las acusaciones".

Además, el auto de la Audiencia también refleja que "la calificación jurídica que de los hechos hace la instructora no prejuzga ni condiciona las acusaciones. Lo determinante es que se recojan unos hechos que tengan apariencia delictiva" y echa para atrás la petición de García Gallardo, que solicitaba el sobreseimiento de la causa.También rechaza por similar motivo el recurso presentado por la familia del empresario, pero sigue añadiendo defectos a la fase de instrucción y al auto.

"El auto impugnado, con mayor o menor fortuna, aunque sea a trompicones, sí recoge el postulado esencial de la incriminación en este caso", señala la Audiencia para desestimar este recurso.

La Audiencia también descarta el recurso de un director de una entidad financiera, también acusado, y del exdirector de la Zona Franca, José Manuel Fedriani, quien había pedido el sobreseimiento de la causa contra él.

Fedriani argumentaba que la jueza no había valorado las pruebas personales y documentales aportadas por su defensa en el 2015, pero la Audiencia considera que durante el proceso de instrucción "se ha tenido oportunidad de analizar y comprobar la existencia de indicaciones fundadas de culpabilidad".

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