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Andalucía

El Consejo de Estado advierte que el Parlamento no puede llamar a Báñez

  • El Gobierno esgrime un informe del órgano consultivo en el que señala que la Cámara no tiene competencias para requerir la presencia de la ministra en la comisión de la formación

Un informe del Consejo de Estado, elaborado a petición del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, concluye que los ministros no deben comparecer en comisiones de investigación autonómicas. El dictamen es ahora esgrimido por el Gobierno en funciones para impedir que la titular de Empleo, Fátima Báñez, se siente ante los diputados andaluces que conforman la comisión de investigación de los cursos de formación en la Cámara. Ahora, el Ejecutivo de Mariano Rajoy, enarbola este documento que "advierte que el Parlamento de Andalucía no puede requerir la presencia de la ministra Báñez por falta de competencia".

Según el informe del supremo órgano consultivo del Gobierno, la presencia de Báñez en la comisión "vulneraría el sistema constitucional de distribución de competencias". El Consejo de Estado, que "recoge una doctrina consolidada desde 1986, afirma que el Parlamento andaluz es incompetente para requerir la presencia de un ministro tanto por razón del sujeto como del objeto de la comparecencia", destacó ayer la Delegación del Gobierno en Andalucía a través de un comunicado. Este dictamen se conoce la víspera del día para el que la comisión de investigación hubiera citado a, entre otros, la ministra de Empleo y Seguridad Social en funciones, Fátima Báñez.

El informe recuerda que "el control del Gobierno de la Nación corresponde a las Cortes Generales, tal y como recoge el artículo 108 de la Constitución Española, al prever que el Gobierno responde solidariamente en su gestión política ante el Congreso de los Diputados". El Consejo de Estado establece que los parlamentos autonómicos "carecen de competencias de control político sobre el Gobierno de la Nación o las autoridades, funcionarios, y cualesquiera otra personas a su servicio", ya que, según señala el artículo 29.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, "los actos y omisiones del Gobierno de la Nación, del que la ministra de Empleo y Seguridad forma parte, están sometidos al control político de las Cortes Generales, y no, en cambio al de las Asambleas Legislativas de las comunidades autónomas".

Además, el Consejo de Estado considera que es preciso destacar que, aun cuando el período investigado se extiende a lo largo de 14 años, desde 2002 hasta la actualidad, se incluye en la lista de comparecientes a quien ha venido ostentando esta magistratura durante los últimos cuatro años pero no, sin embargo, a quienes ocuparon dicha cartera durante la década precedente, ni tampoco a otros órganos superiores o directivos de dicho ministerio.

El dictamen establece que "los asuntos de interés público que pueden ser objeto de tales comisiones han de estar necesariamente comprendidos dentro del ámbito competencial propio de la comunidad autónoma". Para el Consejo de Estado, el "ámbito autonómico" al que se ciñeron las subvenciones y el carácter también autonómico de los órganos que las otorgaron, unido a las distribución constitucional de competencias existente en la materia, son datos que conducen a pensar que la Administración del Estado se mantuvo -en principio y en ausencia de evidencias que pudieran indicar otra cosa "al margen del proceso de concesión de las ayudas en cuestión".

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