Provincia de Cádiz

Un tribunal pide sanciones para dos mandos de la Guardia Civil

  • Una sentencia dice que la actuación "indolente" de un comandante y un teniente de Algeciras propició la nulidad de un registro que halló 137 kilos de cocaína

Un tribunal de la Audiencia Provincial de Barcelona considera tan irregular la actuación policial de un comandante y un teniente de la Guardia Civil de Algeciras en una operación antidroga que ha acordado pedir al fiscal general del Estado, al fiscal central Antidroga, a la Dirección General de la Guardia Civil y al Ministerio del Interior que depuren las responsabilidades disciplinarias o penales en las que hayan podido incurrir esos mandos. Los magistrados culpan al comandante y al teniente de haber propiciado con su "indolencia", al no haber solicitado autorización judicial, la nulidad del registro de un chalé en Sotogrande que halló 137 kilos de cocaína.

Las críticas a los responsables de esa investigación y la petición de posibles sanciones aparecen en la sentencia que condena a 15 de los 17 acusados de pertenecer a una organización de narcotraficantes que distribuía cocaína en Barcelona y que almacenaba los alijos en chalés de Sotogrande.

La trama, formada por dos grupos, fue desmantelada en febrero de 2005. En un chalé fueron hallados 819 kilos de cocaína. En otro, 137 kilos. Ese segundo cargamento, descubierto durante un registro no autorizado judicialmente y anulado, fue relacionado con el propietario de la casa, P.A., y con otra persona, M.N., que fueron llevados al banquillo y han sido absueltos.

Los investigadores sostenían que P.A., a quien defendió el abogado Ricardo Álvarez-Ossorio, era el jefe de la organización dedicada a introducir los alijos en España, a través de Sotogrande y con un velero de su propiedad. Y que M.N. era su hombre de confianza. La sentencia explica que esas hipótesis se han quedado en "meras conjeturas, cábalas, especulaciones o suposiciones" a causa de un "grueso e incomprensible error de la Guardia Civil". La nulidad del registro en el chalé ha llevado a anular otras pruebas derivadas directa o indirectamente de esa entrada, entre ellas el posterior registro del velero.

El tribunal señala en la sentencia que le causa "perplejidad" la actuación profesional del comandante y del teniente, que en principio aparece como "indiligente o negligente". La resolución indica que el comandante declaró que no fue solicitada orden de entrada y registro de la vivienda pero que sí contactaron con la juez de guardia de San Roque y que ésta autorizó telefónicamente la entrada. La sentencia explica que si eso fuese verdad, también llevaría a la nulidad del registro.

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