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Provincia de Cádiz

Otra sentencia da la razón a un matrimonio jerezano y declara nula la cláusula suelo

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Cádiz ha dictado una sentencia por la que estima "íntegramente" la demanda de nulidad de la cláusula suelo interpuesta por un matrimonio jerezano contra una entidad bancaria. El fallo ordena la devolución íntegra de las cantidades cobradas de más en aplicación de la denominada cláusula suelo desde su primera aplicación, todo ello con expresa condena en costas

Según informa el Bufete Ortiz Abogdos, los hechos se remontan a julio del año 2000, cuando el matrimonio jerezano firma una escritura de préstamo hipotecario con el banco en la que le incluye una cláusula suelo del 4,50 % sin haberla negociado.

Posteriormente, en el año 2007, los afectados firman ante notario una escritura de modificación de ampliación hipotecaria sobre la misma vivienda en la que, además, le aumentan el diferencial pero le mantienen la cláusula suelo en un 4,50 %.

La resolución, que aplica la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de diciembre de 2016, indica que "la cláusula suelo no fue negociada antes de su inclusión o de su mantenimiento en sendos contratos, coincidiendo más con una condición impuesta a los consumidores que con una cláusula negociada, por más que la misma fuera reproducida en ambos contratos sin alteración de su contenido".

La sentecia, que no es firme y puede ser recurrida en apelación, subraya que "los prestatarios no eran realmente conscientes de lo que significaba la cláusula suelo".

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