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Provincia de Cádiz

Acusadas dos mujeres y un hombre de abusar de un niño de cuatro años

  • El fiscal sostiene que los hechos sucedieron en Chiclana entre 2003 y 2004

El fiscal solicita siete años de prisión para una mujer y un hombre acusados de abusar sexualmente de un niño de cuatro años de edad. También pide dos años de cárcel por los mismo hechos para una mujer. Los tres procesados se sentarán en el banquillo, en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz, el próximo día 29. Los abusos se produjeron entre 2003 y 2004 en Chiclana, según el escrito de acusación provisional.

Los dos procesados para quienes el fiscal pide penas de siete años tenían una relación de vecindad y amistad con los padres del niño que fue víctima de los abusos sexuales, señala el fiscal en su escrito. Añade que la otra mujer procesada era vecina de todos ellos.

El Código Penal establece que comete abusos sexuales quien, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realice actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona y prevé penas de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses. El Código considera abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre menores de trece años, sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare.

El fiscal estima que la mujer vecina de los padres de la víctima y de los otros acusados cometió un delito del artículo 181.1 del Código Penal y de ahí la petición de pena de dos años de prisión.

A la pareja acusada amiga de los padres del niño les atribuye el fiscal un delito continuado de abuso sexual del artículo 182.1, que incrementa notablemente las penas.

Ese artículo indica que cuando el abuso sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de cuatro a diez años.

Los abusos se produjeron en varias ocasiones y el fiscal opta en este caso por el delito continuado en lugar de estimar que hubo varios delitos. El Código penal prevé que quien realice una pluralidad de acciones u omisiones que ofendan a uno o varios sujetos e infrinjan el mismo precepto penal o preceptos de igual o semejante naturaleza, será castigado como autor de un delito o falta continuados con la pena señalada para la infracción más grave, que se impondrá en su mitad superior, pudiendo llegar hasta la mitad inferior de la pena superior en grado.

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