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Provincia de Cádiz

Absuelto de amañar una oposición a policía el ex alcalde de Puerto Serrano

  • La Audiencia de Cádiz admite la existencia de irregularidades en el proceso aunque no ve probado que se dictaran resoluciones injustas "a sabiendas" para favorecer a dos familiares

Pedro Ruiz, ex alcalde de Puerto Serrano, en una foto de archivo durante un pleno.

Pedro Ruiz, ex alcalde de Puerto Serrano, en una foto de archivo durante un pleno. / ramón aguilar

La Audiencia Provincial de Cádiz ha absuelto del delito de prevaricación a un total de diez personas, entre las que figuran el ex alcalde de la localidad serrana de Puerto Serrano, Pedro Ruiz; el actual jefe de la Policía Local de Ronda y ex jefe de la Policía Local de Puerto Serrano, Miguel Ángel Cintado; el jefe de la Policía Local de Antequera, Enrique Ruz; el subinspector de la Policía Local de La Puebla de Cazalla; y el jefe de la Policía Local de Osuna, además de otros como Antonio Iglesias, responsable policial en Arriate (Málaga).

Todos han sido procesados por participar en el supuesto amaño de unas oposiciones a Policía Local convocadas por el Ayuntamiento de Puerto Serrano en 2011. Para el ex regidor del municipio serrano la Fiscalía Anticorrupción pedía 12 años de inhabilitación y para el resto, entre siete y diez.

Varios mandos policiales de Ronda, Antequera, La Puebla y Osuna, también exculpadosLa decisión de repetir la prueba de salto fue "muy discutible" pero "no prevaricadora"

Tal y como recoge la sentencia, que no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, ex alcalde polichero convocó en septiembre de 2011 una oposición para cubrir tres vacantes a Policía Local. Se presentaron 344 aspirantes y finalmente las plazas fueron ocupadas por el entonces novio de una de las hijas del ex alcalde de Puerto Serrano, por el yerno del jefe de la Policía Local de Antequera y por el hermano de un policía de un pueblo de la comarca serrana.

Estas oposiciones terminaron siendo investigadas a raíz de distintas denuncias presentadas por los supuestos perjudicados (por la repetición de una prueba física, entre otros asuntos), por lo que el fiscal acusó al ex alcalde serrano de orquestar "un procedimiento teledirigido de oposición con ánimo de beneficiar a su futuro yerno".

Tras la celebración del juicio en noviembre de 2017, la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz admite en la sentencia la existencia de irregularidades en este procedimiento, aunque no considera probado que se cometiese prevaricación: "La sala entiende que estamos ante un proceso de oposiciones con algunas irregularidades, que incluso hubieran podido llevar a una decisión al respecto del órgano contenciosos-administrativo correspondiente, para cuya tutela había causa suficiente, pero tenemos serias dudas de que la conducta de los acusados estuviera movida para beneficiar a dos personas en concreto y que para ello dictaran a sabiendas resoluciones manifiestamente injustas. Por ello el sentido de nuestro fallo debe ser absolutorio", recoge la resolución judicial.

el tribunal

Respecto a la elección supuestamente arbitraria de los miembros que integraban el tribunal que resolvió estas oposiciones, el fiscal Anticorrupción, Manuel Luis Arjona, defendió en la vista oral que "se podía haber pedido asesoramiento a la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía (ESPA)" para su selección y composición. La Sección Octava de la Audiencia de Cádiz alega que "ya no es requisito" que el nombramiento del tribunal se haga con las propuestas o información de dicho organismo. "Las plenas facultades sobre las oposiciones a Policía Local están en manos de los Ayuntamientos y quizás sería deseable que estas oposiciones se controlaran por la ESPA y con miembros ajenos a los Consistorios, pero el procedimiento es el que es". En este caso, prosigue la sentencia, el tribunal se conformó siguiendo los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

repetición de pruebas

Una prueba física que debían superar los aspirantes, la de salto vertical, ha sido especialmente cuestionada en este caso, pues el tribunal ordenó que la repitieran cuatro opositores que habían sido declarados como no aptos en el examen oficial, ya que el aparato de medición estaba defectuoso.

La sentencia argumenta que la repetición a posteriori de dicha prueba fue "irregular". Fue "una decisión muy discutible, pero no se acredita que fuera prevaricadora. Es más, no se sabe a ciencia cierta qué error tenía el dichoso aparato. El secretario del tribunal (también secretario del Ayuntamiento) dijo que pudo comprobar que medía menos. No estamos seguros de que fuera cierto, pero tampoco de que no lo fuera".

El magistrado ponente de la sentencia, Ignacio Rodríguez Bermúdez de Castro, aprecia una conducta "irregular", "oscura" y "sospechosa", pero no prevaricación.

exámenes

Los opositores a Policía Local también debían pasar un examen tipo test y un supuesto práctico. La sentencia da por probado que el tribunal acordó subir tres décimas la puntuación a todos los aspirantes, de tal manera que el que fuera novio de una de las hijas del ex alcalde de Puerto Serrano y el yerno del jefe de la Policía Local de Antequera resultaron aptos y alcanzaron así la cifra de cinco puntos necesaria para aprobar.

A la Sección Octava "le extraña la enorme diferencia de nota entre los aprobados y el resto de opositores. No deja de ser un dato sorprendente, que puede o no ser sospechoso, pero no es una prueba". Por otra parte, la decisión de subir la nota a todos los aspirantes "puede ser discutible en cuanto a su regularidad, pero desde luego era una atribución que tenía el tribunal": aumentar la calificación de aquel que había mostrado unos conocimientos "cercanos al aprobado inicial".

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