Provincia de Cádiz

Despedido y cinco meses sin paro por un ERTE que era "no válido"

  • Un ex trabajador de Motores Cádiz culpa a esta empresa, al SEPE y a la Junta Ahora acude a la justicia para pedir responsabilidades

Juan Manuel Rodríguez Prieto era trabajador de un conocido concesionario de automóviles de la provincia, Motores Cádiz. En junio de 2013, este empleado recibe la comunicación de su empresa de que ha sido incluido en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) con la suspensión del contrato de trabajo indefinido a tiempo completo por un periodo de seis meses. El motivo, causas económicas. Visto así, el hecho no supondría nada extraño, comparable a otros miles de casos en la provincia, de no ser por lo sucedido a continuación y en lo que se ha basado para pedir responsabilidades a la Junta de Andalucía e incluso ser aceptado su caso en la Oficina del Defensor del Pueblo.

Juan Rodríguez, además, durante cinco meses no cobró el desempleo. Cuando acudió a la oficina del Servicio Andaluz de Empleo (oficina del paro) para pedir explicaciones, la contestación que recibió le obligó a ir contra el Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE). Lo dijeron que no estaba incluido "en ninguno de los supuestos en los que el Régimen General de la Seguridad Social o un Régimen Especial protege la contingencia de desempleo, según se acredita en el informe de la Inspección Provincial de Trabajo al declarar el acuerdo en el periodo de consultas de la regulación de empleo como no válido".

Decidió entonces demandar a su empresa por despido improcedente. Solucionado este primer entuerto, el trabajador volvió tras los seis meses preceptivos a su puesto de trabajo, por lo que tuvo que retirar dicha demanda. A continuación, asegura, fue despedido. Ahora, ha denunciado estos hechos a raíz de la información obtenida de la Inspección de Trabajo.

El inspector aclara que la inclusión de Juan en el ERTE (junto a tres trabajadores más) se produce como una ampliación de un ERTE anterior. Y añade: "Se hace necesario observar que, ni en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores ni en el Real Decreto 1483/2012 se prevé la posibilidad de que, una vez vigente un ERTE y finalizado el correspondiente periodo de consultas y la actuación administrativa prevista en las referidas normas, puedan ampliarse sin más sus efectos, incluyendo a nuevos trabajadores en el ERTE".

Aclara el inspector que "no se ha procedido a comunicar simultáneamente a autoridad laboral y representantes legales de los trabajadores el inicio del periodo de consultas". Además, señala que "se aporta una breve memoria económica, sin documentación contable alguna que permita constatar su certeza". Hay que recordar que la empresa alegó causas económicas. En este sentido, la propia investigación de Juan Manuel Rodríguez le llevó a descubrir, como incluye en su instancia dirigida a la Junta de Andalucía, que "con fecha de 23 de diciembre de 2013, estando aún vigente el ERTE en el cual me incluyo, se publica en el BORME ampliación de capital de Motores Cádiz de 1.399.697,07 euros, estando totalmente desembolsado, pasando en el año 2012 de 60.101, 21 a 1.399.697,07 euros. (...) A lo largo de su actividad ha generado beneficios, cuyo importe no distribuido se cifra al cierre del ejercicio en 11.304.353,35 euros". El informe del inspector de trabajo finaliza asegurando que "no se ha seguido correctamente el procedimiento establecido, y a referir que no existen indicios de fraude, dolo, coacción ni abuso de derecho ni tampoco existen indicios de que la solicitud tenga por objeto la obtención indebida de prestaciones por desempleo por parte de los trabajadores". Visto este informe, Juan Manuel ha iniciado la vía judicial. Quiere explicaciones de la Junta para saber por qué se admitió un ERTE, ampliación de otro anterior y sobre el que la Inspección de Trabajo ha mostrado sus serias dudas.

Este periódico contactó ayer con el responsable de Motores Cádiz quien no quiso pronunciarse al respecto porque "no voy a participar de un espectáculo".

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