Provincia de Cádiz

Todo o nada en el Supremo

  • Solo una enmienda total del alto tribunal a la sentencia de la Audiencia permitiría a Pacheco librarse de prisión al haberse aplicado el mínimo de pena La Fiscalía anuncia que recurrirá

"Dura lex, sed lex" (la ley es dura pero es la ley). Esta expresión latina que incide en la importancia de respetar el marco legislativo, a pesar de que pueda resultar duro, es apuntada por un destacado abogado local para referirse a la sentencia contra Pedro Pacheco por el llamado 'caso de los asesores', por el que ha sido condenado a cuatro años y medio de prisión y ocho de inhabilitación para el desempeño de cargo público. "La pena puede parecer desproporcionada pero no lo es porque la malversación de caudales públicos es un delito muy grave", señala este letrado que pide quedar en el anonimato. Por ello, advierte que cualquier tipo de comparación con otras condenas a alcaldes de la provincia es lo más parecido a mezclar churras con merinas. Y, según este letrado, Pacheco está apostando por esta estrategia llegando hasta el extremo de igualarse no solo a regidores inhabilitados sino a juicios tan dispares como el homicidio imprudente de Ortega Cano o el asesinato de Marta del Castillo.

Pero, tal y como apunta una fuente cercana al procedimiento, si ha habido condena de prisión para el ex regidor jerezano es únicamente por entender el tribunal que hubo una malversación de caudales públicos. El Código Penal, para los casos de prevaricación (que es la condena que han tenido hasta nueve alcaldes en esta provincia en las últimas dos décadas) solo prevé penas de inhabilitación. En cambio, ninguno de ellos fue por malversar, que sí está penado con cárcel.

El fallo de la Audiencia Provincial recoge que hubo un concurso medial (es necesario un delito para la ejecución del otro) entre la malversación de fondos públicos y la prevaricación por lo que, en base al Código Penal, "se impondrá en su mitad superior la pena prevista para la infracción más grave". Esto quiere decir que se aplica el castigo establecido por malversar, que está fijado en prisión de entre tres y seis años y una inhabilitación de seis a diez años. Al existir concurso medial, se fija la pena a partir de la mitad superior de este intervalo, es decir, entre los cuatro años y medio y los seis. Ya el abogado del Ayuntamiento, Juan Pedro Cosano, apuntaba el pasado martes que le han impuesto a Pacheco la pena mínima, cuatro años y medio. "Podría haber sido peor", comenta uno de los juristas consultados por este periódico. Por lo tanto, Pacheco solo se hubiera librado de la pena de cárcel si el tribunal hubiera considerado que en las contrataciones no hubo malversación de fondos públicos.

En el fondo de este caso subyace la irregularidad de unas contrataciones por parte de unas empresas que pagaron a unas personas que no hicieron ningún tipo de contraprestación laboral, de ahí el perjuicio económico y, por ende, la malversación. Por ello, los expertos consultados señalan que el margen de maniobra de Pacheco es muy corto ya que se la juega en el Alto Tribunal a "todo o nada".

Teniendo en cuenta que la pena impuesta es la mínima tipificada, difícil será argumentar la petición de una reducción de condena hasta llegar, al menos, al tope legal para eludir la cárcel (fijado en dos años). Hay jurisprudencia en casos similares donde las condenas se han rebajado hasta el año o solo e algunos meses pero es porque se han aplicado atenuantes como reconocimiento del delito, colaboración con la justicia, reintegros del dinero malversado o dilaciones indebidas en el proceso judicial, cuestiones que hasta el momento no se ha planteado por la defensa. Pacheco ha insistido desde el inicio en su inocencia y en defender la legalidad de las contrataciones de José López y de Manuel Cobacho. Por lo tanto, es del todo improbable que en casación cambie de parecer en un intento desesperado de salvar los muebles. De hecho, ya anunció ayer que su apuesta será tumbar de pleno una sentencia de la que dijo "no hay por dónde cogerla".

No obstante, en el caso de que hubiera una rebaja de pena en el Supremo, antes tendría que reintegrar la indemnización (fijada en primera instancia en unos 107.000 euros), ya que es condición sine qua non para acogerse a este beneficio.

Pero, podría darse la circunstancia de que aumentase la condena ya que no solo habrá recurso por parte de la defensa sino que la Fiscalía confirmó ayer que también lo presentará.

Tras estudiar la sentencia condenatoria, solicitará al Alto Tribunal que se tenga en cuenta el delito continuado de falsedad en documento oficial que se solicitó en la calificación de los hechos y que finalmente no fue considerado por la sala. Cabe destacar que dicha acusación recaía contra cada uno de los tres condenados, con una petición de prisión de cinco años y nueve meses de prisión para el primero de ellos. La Fiscalía sigue manteniendo que se hicieron facturas que no se correspondían con la realidad para pagar a los asesores de Pacheco y que tal circunstancia constituye una falsedad en documento oficial. José López, como se recordará, presentaba facturas para cobrar de la sociedad Xerez XXI Speed Festival por trabajos de asesoría.

De otro lado, la Fiscalía espera que en los próximos días se aclaren los términos de inhabilitación con los que han sido condenados los tres acusados en la sentencia de la Sección Octava, ya que en la sentencia no figura que se trate de una inhabilitación absoluta, "aunque así se entiende", que era justamente el tipo de inhabilitación que solicitaban las acusaciones tanto pública como particular, ejercida por el Ayuntamiento. Se espera que en los próximos días, y de oficio, se aclare este extremo. En caso de que no fuera absoluta, también se recurriría dicho extremo al Tribunal Supremo.

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