Cádiz

Si falla el pleno vale la junta de gobierno

La coalición de Podemos y Ganemos que gobierna la ciudad desde el pasado mes de junio apenas cuenta con 10 concejales, cuatro menos de la mayoría absoluta. Para sacar adelante su proyecto de presupuestos de la ciudad en una sesión plenaria necesitaría a la fuerza del apoyo del PSOE o del PP para alcanzar esta mayoría (los dos ediles de Ciudadanos resultan insuficientes). Sería una sorpresa contar con el sí de los diez ediles de los populares; mientras, los cinco concejales socialistas serían la baza a elegir, como lo fue en el pleno en el que se nombró alcalde a José María González, aunque la tensión diaria que hay entre Podemos y el PSOE no hace prever un fácil acuerdo en este asunto.

Si el gobierno de izquierdas no logra los votos suficientes y su proyecto de presupuestos para 2016 no sale adelante en la sesión plenaria, el equipo de González puede adoptar una media extrema incluida en la Ley de Reforma Local: que sea la junta de gobierno local la que saque adelante las cuentas de la ciudad si éstas son rechazadas previamente por el pleno de la Corporación.

La disposición decimosexta de esta Ley, recurrida ante el Tribunal Constitucional por el PSOE aunque curiosamente varios ayuntamientos gobernados por los socialistas la han utilizado para aprobar sus presupuestos, indica que de forma "excepcional, cuando el pleno de la Corporación Local no alcanzara, en una primera votación, la mayoría necesaria para la adopción de acuerdos previstos en esta Ley, la junta de gobierno local tendrá competencias para aprobar el presupuesto del ejercicio inmediato siguiente", aunque será requisito indispensable que "previamente exista un presupuesto prorrogado", como sí ocurre en Cádiz donde el Ayuntamiento se gestiona con las cuentas de 2014, de la etapa de Teófila Martínez.

La misma disposición deja en manos de la junta de gobierno, conformada únicamente por miembros de Podemos y Ganemos, si no se logra mayoría en el pleno, la aprobación de planes económico-financiero, los planes de reequilibrio y los de ajuste así como aquellos que se presenten para el saneamiento de la Corporación y la reducción de la deuda.

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