Andalucía

La Junta autoriza recurrir al Constitucional la Ley de Parques Nacionales

  • El Consejo de Gobierno andaluz considera que ésta incluye una veintena de preceptos que vulneran las competencias autonómicas, puntualizando que, además, "abren la puerta a la especulación".

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha acordado autorizar un recurso al Tribunal Constitucional (TC) contra una veintena de preceptos de la ley estatal de Parques Nacionales, aprobada el pasado mes diciembre, por considerar que vulnera las competencias autonómicas. 

Junta y Gobierno decidieron poner en marcha un grupo de trabajo el pasado febrero en la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía para buscar una solución a las discrepancias sobre la norma. Estas diferencias podrían acabar en el TC si no se produce un acuerdo en la reunión que la comisión mixta Junta-Gobierno celebrará mañana. 

En rueda de prensa, posterior al Consejo de Gobierno, el portavoz del Ejecutivo autonómico, Miguel Ángel Vázquez, ha esgrimido que "hay más de una veintena de artículos de esta ley del Gobierno del PP que vulnera las competencias autonómicas y que suponen un paso atrás en la gestión de los parques". "Algunos de los artículos suponen abrir la puerta a la especulación y a actividades que han estado prohibidas hasta ahora en estos territorios", ha puntualizado Vázquez, que cree que de esta forma "se reavivan" debates ya superados en torno a la caza, el uso turístico o los aprovechamientos económicos. 

Los artículos que serán recurridos "impiden" el desarrollo legislativo de la comunidad autónoma sobre la gestión de los parques, "limitan" la posibilidad de establecer niveles de protección más altos y afectan a otras competencias sectoriales exclusivas de la Junta, como las de urbanismo, según el Gobierno andaluz. Entre otras "vulneraciones", sostiene que la ley elimina la potestad de los parlamentos autonómicos de proponer la declaración de nuevos parques; concede más poderes al Organismo Autónomo de Parques Nacionales, que podrá declarar unilateralmente una situación de emergencia medioambiental o que extralimita las competencias estatales en la definición de los instrumentos de planificación. 

El portavoz ha señalado también que la norma "vacía" de contenido la figura de los planes de ordenación de los recursos naturales, y que atribuye en exclusiva a la Administración central funciones relativas a promoción de la imagen exterior, concesión de subvenciones e iniciativas en áreas de influencia socioeconómica. Además, el Ejecutivo autonómico ha advertido de los efectos negativos que la nueva regulación puede tener sobre la propia gestión de la Red de Parques Nacionales. 

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