Siniestralidad laboral

Un año de cárcel a un empresario por un accidente recogiendo naranjas

  • El empresario y su encargado contrataban a extranjeros sin alta en la Seguridad Social ni contrato

  • Les facilitaban escaleras "sin estabilidad ni correcta sujeción a los árboles"

Recogida de naranjas en una finca

Recogida de naranjas en una finca

La Audiencia de Sevilla ha condenado a un año de cárcel cada uno al dueño y al encargado de una finca de cítricos, acusados del accidente sufrido por un trabajador extranjero que se cayó de la escalera que le proporcionaron “a sabiendas de que carecía de las suficientes garantías de estabilidad para evitar el riesgo de caídas en altura”.

Los condenados son Juan Luis R.R. y Apolinar R.C., dueño y encargado de una explotación de cítricos situada en la finca conocida como Huerta del Pilar de Dos Hermanas, por el accidente sufrido el 26 de enero de 2016 por Fouad H. cuando recolectaba naranjas subido a una escalera metálica y con un cesto a la espalda donde iba introduciendo las naranjas.

El propio trabajador, que inicialmente pedía seis años de cárcel para cada acusado y 93.550 euros de indemnización, retiró las acciones penales tras ser indemnizado en aproximadamente la mitad de esa cantidad, según informa a este periódico su abogado defensor, Ezequiel Ríos.

La sentencia de la Sección Cuarta condena a empresario y encargado como autores de un delito contra la seguridad en el trabajo en concurso con otro de lesiones imprudentes a un año de cárcel y a pagar una multa de seis meses con seis euros de cuota diaria (1.080 euros).

Escaleras sin estabilidad ni correcta sujeción a los árboles

Según la sentencia, Fouad H. estaba subido en lo alto de una escalera y llevaba al hombro un saco en el que iba echando las naranjas cuando cayó al suelo desde una altura de 3 ó 4 metros y se rompió los huesos del brazo y la muñeca.

Los responsables de la finca entregaban a sus empleados unas escaleras “a sabiendas de que  carecían de las suficientes garantías de estabilidad para evitar el riesgo de caídas en altura” porque no permitían la correcta sujeción a los árboles, según la sentencia.

La empresa no contaba con ninguna persona encargada de la prevención de riesgos laborales, ni con ningún tipo de Plan de Prevención de riesgos laborales.

Además, los condenados contrataban para la recogida de naranjas a personas extranjeras, sin realizar con ellas contrato formal en el que quedaran plasmados sus derechos y obligaciones, sin darles de alta en el régimen de Seguridad Social, “suprimiendo en consecuencia los derechos que todo trabajador tiene reconocidos por disposición legal”. El día del accidente tenían a tres magrebíes trabajando en esas circunstancias, además del accidentado.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios