Provincia de Cádiz

El militar herido grave tras explotar unas minas no será indemnizado

  • La Audiencia Nacional confirma que la pensión que recibe el teniente de Medina es suficiente

José Manuel Candón, ahora paratriatleta, y su guía Nico Arellano, en una prueba celebrada en Alemania.

José Manuel Candón, ahora paratriatleta, y su guía Nico Arellano, en una prueba celebrada en Alemania. / G.j.

La Audiencia Nacional ha confirmado que la pensión que recibe un militar asidonense gravemente herido tras explotarle unas minas anticarro mientras entrenaba en Hoyo de Manzanares, en Madrid, es suficiente para cubrir la indemnización que debería percibir por el siniestro.

En este accidente, ocurrido el 24 de febrero de 2011 en el campo de tiro de El Palancar de la Academia de Ingenieros del Ejército de Tierra, perdieron la vida cinco militares y tres resultaron heridos graves mientras preparaban explosivos en un entrenamiento antes de partir a una misión internacional en el Líbano.

El asidonense José Manuel Candón vio truncada su carrera militar como desactivador de explosivos en ese siniestro en el que perdió un ojo y el 85% de la visión en el otro, entre otras importantes secuelas. Como afectado, recurrió ante la Audiencia Nacional la decisión del Ministerio de Defensa de no otorgarle una indemnización por los daños sufridos.

En concreto, el hasta entonces teniente planteó en un recurso contenciso-administrativo ser resarcido con la cantidad de 1.042.143,11 euros en concepto de responsabilidad patrimonial por las graves lesiones, las secuelas, las limitaciones y los daños morales derivados del fatal suceso acaecido en el campo de maniobras. Asimismo, el militar de Medina solicitó con carácter subsidiario una indemnización de 600.000 euros.

Con fecha de 19 de abril de 2017 la Audiencia Nacional desestimó el recurso formulado por José Manuel Candón. La Sala de lo Contencioso-Administrativo determinó que "pese a los gravísimos perjuicios sufridos por el interesado, se considera que las cantidades que le han sido reconocidas [...] no permiten justificar el reconocimiento de una indemnización complementaria con fundamento en la responsabilidad patrimonial".

Cuando el tribunal hace mención a las "cantidades reconocidas" se refiere a la pensión extraordinaria que cobra el militar damnificado más el montante que recibió del seguro colectivo concertado por el Ministerio de Defensa.

La Audiencia Nacional comparte así el criterio del Gobierno: "las cantidades y sumas percibidas y a percibir por el demandante cubren el daño por el que reclama, sin que se haya acreditado una insuficiencia de la reparación". La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso -Administrativo argumenta que el caso de Candón "no reúne los requisitos establecidos para el nacimiento de la responsabilidad patrimonial" y que, en el supuesto de serle concedida la indemnización que solicita, supondría "un enriquecimiento injusto".

El ex teniente de Medina, actualmente paratriatleta de reconocida trayectoria en la provincia, lamenta el pronunciamiento de la Audiencia Nacional, que va a recurrir en casación ante el Tribunal Supremo. "Damos la vida por nuestro país, aceptamos misiones en el Líbano, desactivamos minas poniendo en riesgo nuestra vida, pero a la hora de meter la mano en la hucha para pagar nuestras indemnizaciones, Defensa nos abandona", critica Candón.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios