Cádiz CF

Un convenio de "especial trascendencia"

  • El club presentó ayer una propuesta que debe ser aceptada por la jueza y ratificada por los acreedores

La propuesta de convenio de acreedores se encuentra ya en el Juzgado de lo Mercantil de Cádiz, donde fue presentada el pasado martes, con un día de retraso sobre lo previsto debido a unos cambios introducidos a última hora. La propuesta debe ser ratificada por, al menos, el 51 % de los acreedores ordinarios, así como aceptada por la jueza.

En una nota de prensa en la web oficial, el Cádiz anunciaba ayer que había dado un paso más dentro del concurso de acreedores en el que se encuentra inmerso desde 2010. "El Cádiz ha presentado la propuesta de convenio de acreedores y ésta deberá ser ratificada por al menos el 51% de los acreedores ordinarios para su aprobación y entrada en vigor. La propuesta está enmarcada dentro de unas condiciones que solamente pueden ser solicitadas por las entidades que son reconocidas como de 'especial trascendencia para la economía', superando los límites que contempla el artículo 100.1 de la Ley concursal. Dicha consideración ha sido solicitada por el Cádiz como concursada y deberá ser aceptada por la juez del Juzgado de lo Mercantil de Cádiz. Sin embargo, sería lógico destacar que esta consideración ya ha sido propuesta en su informe definitivo por la administración concursal".

El escrito añade que "el convenio entrará en vigor a partir del 1 de julio de 2015, siempre que se apruebe definitivamente el mismo antes de dicha fecha". "Si el equipo milita en Segunda B, las condiciones económicas serían las siguientes para los créditos ordinarios y subordinados: La quita será del 60 % del saldo que se refleje en el informe definitivo de los administradores; habrá una espera antes de iniciar los pagos de tres años; y se pagará una vez vencidos esos tres años, en 12 años, a razón de 8,33 % anual de la deuda resultante una vez aplicada la quita. Si el equipo consigue el ascenso y siempre que milite en Segunda A, las condiciones económicas serían las siguientes para los créditos ordinarios y subordinados: La quita será del 50 % del saldo que se refleje en el informe definitivo de los administradores, es decir se activará un 10 % de la cantidad inicial; habrá una espera antes de iniciar los pagos de un año. A partir del primer ascenso; y se pagará una vez vencido ese año, en ocho años, a razón de 12,5 % anual de la deuda resultante una vez aplicada la quita. Si el equipo milita en Primera, las condiciones serían para los créditos ordinarios y subordinados: En relación a la deuda reconocida a los acreedores se tiene como válida la del 50 %, que ya entró en vigor al subir a Segunda A, por lo tanto no habrá modificaciones; habrá una espera antes de iniciar los pagos de un año, en la primera temporada que se consiga el ascenso; y se pagará una vez vencido ese año en cinco, a razón de 20% anual de la deuda resultante una vez aplicada la quita".

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