Nuevo protocolo

Ante una okupación la Policía actuará de forma inmediata

Actuación de Cuerpos de Seguridad en la antigua estación de Renfe de Huelva por los okupas.

Actuación de Cuerpos de Seguridad en la antigua estación de Renfe de Huelva por los okupas. / Josué Correa

Miedo, inseguridad e impotencia. La okupación de las viviendas es un quebradero de cabeza para sus propietarios cuando se tienen que ausentar de sus viviendas. Los okupas han crecido durante los meses de confinamiento y no solo invaden inmuebles propiedad de entidades financieras sino los hogares con dueños que ven cómo la justicia es demasiado lenta.

Ahora, la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior ha elaborado un protocolo de actuación ante estas ocupaciones ilegales de inmuebles dirigido a la Policía Nacional y Guardia Civil en el que señala que, ante los allanamientos de morada, podrán proceder al desalojo inmediato sin necesidad de solicitar medidas judiciales en caso de delito flagrante.

Atestados más completos

Desde el Ministerio del Interior admiten que si bien las okupaciones no se han incrementado notablemente, existe una percepción subjetiva de inseguridad ligada a este fenómeno y, por tanto, hay que darle respuesta.

Actuación policial contra okupas en Huelva. Actuación policial contra okupas en Huelva.

Actuación policial contra okupas en Huelva. / Josué Correa

La Policía Nacional y la Guardia Civil mejorarán los atestados ante los casos de okupaciones, de forma que en ellos se incluya más información para agilizar el desalojo judicial cautelar de un inmueble allanado o usurpado, al tiempo que cualquier ciudadano podrá alertar con su móvil a los agentes de la comisión de estos delitos de forma inmediata.

Como norma general, los policías solo podrán desalojar sin autorización judicial en caso de delito flagrante, algo que, según el Tribunal Supremo, debe responder a tres criterios: inmediatez en la acción (se tiene que estar cometiendo), inmediatez personal y necesidad urgente de intervención policial. En el resto de casos cuando no se puede acreditar esa flagrancia, el desalojo tendrá que instarlo la Fiscalía.

Fuentes del departamento de Grande-Marlaska dejan claro que el protocolo no es una norma, sino una instrucción para "clarificar" y "homogeneizar" los modos de actuación de las fuerzas de seguridad conforme a la legislación actual y de acuerdo con los criterios establecidos por la Fiscalía General del Estado.

La instrucción del Ministerio del Interior subraya que tanto la primera como la segunda vivienda (cuando el morador ocupa el inmueble solo en determinadas épocas del año, como fines de semana o vacaciones) deben considerarse moradas, por lo que cuentan con la misma protección legal.

Ropa tendida en una vivienda ocupada. Ropa tendida en una vivienda ocupada.

Ropa tendida en una vivienda ocupada. / Josué Correa

En ambos supuestos, por lo tanto, son de aplicación artículos 202 y siguientes del Código Penal que recogen el delito de allanamiento. El texto señala que se trata  de un delito doloso, de simple actividad y de carácter permanente.

No alargar el procedimiento

Se trata, en definitiva, de que una vez las fuerzas de seguridad trasladen a la autoridad judicial esas denuncias, el juez y el fiscal cuenten con elementos suficientes para acordar en su caso el desalojo de ese inmueble okupado y no alargar el procedimiento judicial.

Además de la mejora de los atestados, Interior habilitará este mes en la aplicación para móviles Alertcops una herramienta específica para que cualquier ciudadano, sea propietario de un inmueble usurpado o un vecino, pueda alertar con su teléfono a las fuerzas de seguridad de que un inmueble ha sido okupado e, incluso, pueda proporcionar a los agentes fotos del lugar.

No olvida el protocolo un refuerzo en la investigación de las mafias de la okupación o los delitos conexos que en ocasiones conllevan, como la defraudación del fluido eléctrico o las coacciones al resto de vecinos.

Pero la instrucción también indica que en algunos casos de ocupación ajena hay situaciones de verdadera vulnerabilidad, como la presencia de menores entre los ocupantes. En estos casos, y sin renunciar a la restitución a su dueño del inmueble allanado, las fuerzas de seguridad ejercerán su papel legal de agente desencadenante de una respuesta ágil por parte de las entidades e instituciones sociales y asistenciales.

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