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Sociedad

El Gobierno revoca parcialmente la orden que obligaba a cerrar Garoña

  • La Central Nuclear de Burgos cuenta ya con la autorización para funcionar otros seis años más, hasta 2019.

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha revocado parcialmente, mediante orden ministerial, que publica este martes el BOE y entra en vigor este miércoles, la orden por la que se acordaba el cierre de la Central Nuclear de Santa María de Garoña (Burgos) el 6 de julio de 2013, y autoriza su explotación hasta dicha fecha. El Ejecutivo señala siete razones para tomar esta decisión: la Ley de Economía Sostenible; el nivel de dependencia energética de España del exterior; la estabilidad de la red eléctrica española; el déficit acumulado del sector eléctrico y la necesidad de evitar que se trasladen los costes al consumidor; el retraso en la construcción del Almacén Temporal Centralizado (ATC); la participación de las centrales en la financiación del combustible nuclear sólo cuando están en funcionamiento; y el impacto de la renovación en la actividad económica, el empleo y la recaudación impositiva de la zona. 

Con esta decisión, el Ejecutivo revoca también la obligación del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) de presentar un plan de desmantelamiento de la instalación antes del 6 de julio de 2013 y elimina la prohibición a la central de realizar modificaciones que impidan o desarrollen el cese definitivo de la explotación. En todo caso, la instalación deberá seguir funcionado de acuerdo con los límites y condiciones contenidos en el anexo de la orden de cierre para 2013, así como las contenidas en la presente orden. La nueva decisión establece, además, que con anterioridad al 6 de septiembre de 2012 el titular podrá solicitar del Ministerio de Industria, Energía y Turismo una renovación de la autorización de explotación por un nuevo periodo no superior a seis años, es decir, hasta 2019. 

Esta solicitud de renovación deberá ir acompañada de las últimas revisiones de documentos requeridos en la anterior orden; una Revisión Periódica de Seguridad de la Central; una Revisión del análisis de la Normativa de Aplicación Condicionada; una Revisión del Estudio Probabilista de Seguridad; un Análisis de envejecimiento; un Análisis de experiencia acumulada; un Análisis de cumplimiento de los actuales límites y condiciones establecidos en la anterior orden; y un Programa de inversiones y modificaciones relacionadas a las mejoras derivadas del accidente de la Central Nuclear de Fukushima.  Si decidiera optar a la renovación, la instalación deberá llevar a cabo, antes del arranque posterior a la recarga de 2013, las modificaciones de diseño requeridas por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) para la renovación en el periodo 2009-2019, según las Instrucciones Técnicas Complementarias que dicte el regulador en la actualidad.

Previamente, antes del próximo viernes, 6 de julio de 2012, el titular deberá justificar ante el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) que las actividades de vigilancia, inspección en servicio, mantenimiento y gestión de vida realizadas desde julio de 2009, se corresponden con las establecidas para la renovación de la autorización de explotación hasta 2019, que fijó en su día el regulador atómico. En caso contrario, deberá llevar a cabo las actividades no realizadas antes de la finalización de la presente autorización, es decir, antes del 6 de julio de 2013. Además, antes del viernes, el titular tendrá que revisar y comunicar al CSN los análisis realizados considerando un tiempo de explotación hasta 2013, así como los análisis de experiencia operativa y de nueva normativa realizados desde julio de 2009, para comprobar que no se ha limitado el alcance o el contenido de los mismos y las acciones propuestas atendiendo al cese definitivo de la explotación dentro de un año. 

Igualmente, deberá comunicar al regulador atómico aquellas actividades de los programas de mejora de la seguridad establecidas en la Revisión Periódica de la Seguridad que este organismo informó favorablemente en su informe para la renovación hasta 2019, que no se hayan llevado a cabo al limitarse su explotación hasta 2013 y completarlas antes del 6 de julio de 2013. La orden del cierre de Garoña fue dictada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero el 3 de julio de 2009, tras haber solicitado la central una renovación de la explotación hasta 2019. Previamente, el CSN había emitido un informe favorable a la renovación por diez años. 

Tras el cambio de Gobierno, el pasado mes de enero el nuevo ministro de Industria, José Manuel Soria, preguntó al CSN si existía algún impedimento para revocar la orden de cierre. En febrero, el regulador atómico concluyó que no existía impedimento alguno para esa modificación, siempre que se modifiquen los límites y condiciones de la vigente autorización para incluir nuevas condiciones. El pasado mes de mayo, Industria concedió trámite de audiencia a los interesados.  

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