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Semana Santa

¿Un proceso conforme a Derecho?

  • El abogado y presidente del Consejo Martín José García concluye en un estudio que el juicio a Jesús siguió el formalismo de las leyes de la época

Una sentencia como la que procesiona en la ciudad cada Miércoles Santo condenó a Jesús a morir en la Cruz, último capítulo de un proceso que se inicia con el prendimiento que en la Semana Santa de Cádiz se representa el Lunes Santo. Desde esta segunda escena hasta la primera mencionada hay todo un proceso judicial que durante años ha sido estudiado por el abogado y actual presidente del Consejo de Hermandades, Martín José García. Él se une a una amplia lista de juristas que han analizado lo que ocurrió hace casi 21 siglos en Jerusalén. ¿Fue el proceso que se le abrió a Jesucristo conforme a las leyes de entonces? ¿O la sentencia que lo condenó a muerte fue fruto de un juicio fraudulento?

Sobre estas preguntas hay dos corrientes. Y Martín José García se inclina, tras los estudios realizados, porque efectivamente el proceso jurídico a Jesús siguió los formalismos de aquellos tiempos. "Este es un tema que me apasiona y al que le he dedicado mucho tiempo", comenta García, que ha llegado a su conclusión sobre el proceso de Jesús después de años de estudio que ha complementado con las experiencias vividas a lo largo de sus habituales peregrinaciones a los lugares de Tierra Santa con la asociación que preside.

El proceso judicial se inicia con el arresto de Jesús en el huerto de los Olivos, por mandato del Sanedrín. Expone en este punto el presidente del Consejo -que el pasado viernes exponía su teoría en una conferencia pronunciada en la iglesia de Santo Domingo- que las actuaciones y mensajes que lanzaba Jesús desde que entró en la ciudad de Jerusalén ponían en entredicho todo el entramado económico que existía en torno al templo, "eje y motor de la economía de la ciudad", además de único templo judío al que todos debían peregrinar, lo que da claras muestras de los movimientos de personas y actividades comerciales que allí se daban. Posiblemente, entiende García que las manifestaciones de Jesús asegurando que destruiría ese templo fue lo que movió al Sanedrín a capturarlo y enjuiciarlo.

De este modo, Jesús se presenta ante Caifás acusado de un delito de blasfemia, falso profeta e impostor. En ese juicio con el Sanedrín (formado por 71 miembros) dispuesto en semicírculo, Caifás preguntaría: "¿Eres tú el hijo de Yahvé?"; a lo que Jesús respondería: "Atalali kamarta (tú lo has dicho)".

Esta respuesta confirmaría el cargo de blasfemia por el que se acusaba a Jesús. Y según el Levítico y las leyes judías, eso estaría castigado con la pena de muerte. Pero en aquellos tiempos los judíos convivían en Jerusalén con el poder romano; y éste establecía que la pena de muerte -el ius gladii- estaba reservada únicamente para el prefecto de Roma, pudiendo el tribunal judío únicamente condenar a lapidaciones en casos muy particulares.

Es por ello que el caso se traslada al tribunal civil romano. Y según señala Martín José García en este punto, la blasfemia únicamente no era acusación suficiente como para que Roma lo juzgara. Es aquí donde entra el segundo delito que se le imputa a Jesús: "la lesa majestad"; un cargo que quedó ratificado cuando a pregunta de Pilato -"¿Eres tú el rey de los judíos?"-, Jesús respondería: "Tú lo has dicho".

Según el derecho de la época -origen del actual Derecho Romano del que bebe el sistema jurídico español- el proceso extra ordinem debía seguir cuatro etapas: "acusación, interrogatorio, confesión del inculpado y sentencia", explica García. Atendiendo a esto, sólo quedaba que Pilato dictara sentencia. Pero antes de ello, y como el prefecto no lo tenía nada claro, "recurrió al procedimiento legal de desplazar la decisión al propio pueblo judío, remitiendo al acusado a Herodes Antipas", tetrarca del pueblo judío.

Pero el silencio de Jesús ante Herodes hizo que volviera el caso a manos de Pilato, que entonces optó por la posibilidad, como era tradición ante la celebración de las fiestas de la Pascua, de liberar a un preso. Y el pueblo optó por Barrabás, condenándose Jesús a morir en la cruz.

"Si no hubiera seguido el proceso establecido en el cognitio extra ordinem, Pilato no habría condenado a Jesús. Él se la jugaba, como todos los pretores en aquella época", entiende Martín José García, que establece en su estudio que fue el delito de lesa majestad -y no el de blasfemia- el que condenó a muerte a Jesús, al entenderse un delito que atentaba contra el imperio romano.

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