San Fernando

Sanción por doble facturación al servicio de alcantarillado

  • El PSOE local, que denunció los hechos, explica que el tribunal municipal asignado le ha impuesto una multa de 201.000 euros por 61 infracciones "muy graves"

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El tribunal instructor del Consistorio isleño encargado del expediente abierto a la concesionaria del servicio de alcantarillado San Fernando UTE ha impuesto una multa de 201.000 euros por la comisión de 67 infracciones "muy graves", según, explica la agrupación local socialista -quien denunció los hechos- se detalla literalmente en la resolución del expediente.

El concejal del PSOE, Fernando León, explicó que esas 67 infracciones corresponden al número de partes de trabajo de la citada empresa presentados por la formación socialista y en las que se evidenciaba que la misma estaba incurriendo en una doble facturación, esto es, cobrando por la misma actuación tanto al Ayuntamiento como al particular que demandaba el servicio.

La resolución asegura que se considera probada la denuncia del PSOE, por lo que sentencia que la concesionaria "no ha utilizado los medios exigidos en el contrato vigente, al destinar para servicios de atascos privados el personal y vehículos afectos al contrato, cobrando a los ciudadanos de San Fernando e incluso de otras localidades, por labores realizadas en horario de mañana, durante el horario de prestación del servicio de mantenimiento de la red de alcantarillado".

Esta infracción adquiere el rango de muy grave por el régimen sancionador que tipifica la cuantía de las multas entre los 600 y los 3.000 euros. La situación originada en el servicio público de mantenimiento del alcantarillado es, por tanto, de tal gravedad que se le impone a la concesionaria la sanción máxima ya que, según este tribunal municipal, concurren circunstancias agravantes tales como "la intencionalidad, pues es claro que la empresa ha destinado medios del contrato público para servicios privados con el objetivo de obtener un beneficio económico a costa de este Ayuntamiento". También existe reiteración pues el hecho se ha producido, al menos, en 79 ocasiones, "que podrían ser más a la vista de la declaración de los trabajadores prestada el 16 de octubre, si bien, al no haberse podido ofrecer por dichos trabajadores datos más concretos sobre los casos en los que no hay albaranes, no se han imputado más infracciones en aplicación de los principios penales de necesidad de pruebas y presunción de inocencia aplicables al procedimiento sancionador".

Además, las alegaciones presentadas por la empresa fueron desestimadas en su totalidad. Así, UTE San Fernando pidió la retirada de los partes de trabajo y de los albaranes obrantes en el expediente al tratarse de fotocopias. A ello, apunta León, el tribunal contesta que si bien es cierto que los denominados albaranes son fotocopias, los originales de los mismo "se encuentran custodiados en la Secretaría General de este Ayuntamiento".

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