San Fernando

El SPLI denuncia en San Fernando la suspensión de vacaciones y días libres de la policía local por mensajes de WhatsApp

  • El colectivo sindical insiste en la precaria situación de la plantilla isleña durante el verano ante la notoria falta de personal, que les obliga a hacer turnos de 16 horas 

Un agente de la Policía Local informa a los bañistas en la playa de Camposoto, en una imagen de principios de verano.

Un agente de la Policía Local informa a los bañistas en la playa de Camposoto, en una imagen de principios de verano. / D.C. (San Fernando)

El Sindicato de la Policía Local Independiente (SPLI) ha denunciado de nuevo la situación a la que se ve abocada la plantilla isleña este verano dada la carencia de personal, una situación que ha llevado a ordenar la suspensión de vacaciones y días libres de algunos agentes y que -asegura- ha derivado en "una confrontación" entre el personal y los mandos de la Jefatura. 

Así lo ha afirmado hoy el colectivo sindical al recriminar al concejal de Seguridad Ciudadana, Jaime Armario, una gestión que les obliga a realizar 16 horas de servicios continuos "sin mediar las 12 horas de descanso entre la finalización de un turno y el comienzo del otro". 

A todo eso añade el SPLI las "notificaciones de dudosa legalidad" que se emplean para anular los días libres y de descanso o para interrumpir las vacaciones de los agentes de la Policía Local de San Fernando "utilizando incluso a familiares de policías para hacer efectivas dichas notificaciones o mediante mensajería telefónica por la red social WhatsApp". 

"Se incumplen los principios de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales: calidad, información, consentimiento, confidencialidad y seguridad, que conlleva posibles sanciones económicas desde 900 hasta 600.000 euros", advierte el sindicato. 

"La comunicación de cualquier modificación de las condiciones de trabajo, requiere de una notificación formal, por escrito, pues los Tribunales de Justicia han dictaminado que la mensajería instantánea no se considera un medio de comunicación válido y fehaciente, y que no sustituye a la comunicación corporativa formal, y mucho menos surtir los mismos efectos que una notificación 'clásica' mediante escrito, como puede ser un decreto de Alcaldía", explica el SPLI. 

El SPLI-UPLBA ha anunciado que, debido al "malestar y a las injerencias producidas en la vida particular y familiar de los policías locales" se están tramitando ya reclamaciones individuales y colectivas por la vía administrativa conforme a derecho "ya que ya que, fuera del horario de trabajo, ni la persona trabajadora tiene obligación de estar conectada a internet, ni tendría obligación de contestar, imperando el derecho a la desconexión digital establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales".

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