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Cerco a los remedios naturales

  • La nueva normativa de la Unión Europea obliga a que sólo productos medicinales herbáceos "de alta calidad y largamente probados" puedan venderse al público

Desde el pasado sábado, una nueva norma pretende velar por consagrar la inocuidad y eficacia de los productos basados en las propiedades de plantas medicinales. La Directiva 2004/24/CE sobre los medicamentos tradicionales a base de plantas contempló un período transitorio de siete años, lo que significa que solo los medicamentos registrados o autorizados pueden permanecer en el mercado de la Unión Europea a partir del pasado 1 de mayo. La Directiva introduce para estos medicamentos, por respeto a la larga tradición de su uso, un procedimiento de registro más sencillo que el de otros medicamentos.

Todos los medicamentos, también los medicamentos tradicionales a base de plantas, necesitan una autorización para poder ser comercializados en el mercado de la UE. El procedimiento simplificado que introduce la Directiva permite el registro de los medicamentos tradicionales a base de plantas sin la exigencia de pruebas de inocuidad y ensayos clínicos que el solicitante tiene que presentar en un procedimiento ordinario de autorización de comercialización. En su lugar, el solicitante tiene que presentar documentación justificativa de que no es nocivo en las condiciones de uso especificadas, y de que lleva utilizándose más de treinta años, de ellos al menos quince en la UE, sin causar problemas. La Directiva fue adoptada por el Parlamento Europeo y el Consejo el 31 de marzo de 2004. Se contempla en ella un período transitorio excepcionalmente largo, de siete años, para el registro de medicamentos tradicionales que ya se encontraban en el mercado cuando entró en vigor. Así pues, los solicitantes han tenido siete años para presentar una solicitud a las autoridades competentes de los Estados miembros en los que desean comercializar su medicamento.

"Un producto que no esté registrado como medicamento no puede, por tanto, presentarse como poseedor de propiedades para el tratamiento o prevención de enfermedades y en esto se diferencia de otros productos de consumo", advierten desde La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), dependiente del Ministerio de Sanidad, ha autorizado la comercialización de 30 medicamentos tradicionales fabricados a base de plantas que cumplen los requisitos exigidos en el Real Decreto 1345/2007, en el que se transpone la directiva europea 2004/24/CE. A partir de ahora queda prohibida la comercialización, como medicamentos, de los productos del registro especial de plantas medicinales que no hayan sido autorizados como tales por la AEMPS. Estos productos podrán ser comercializados al amparo de una legislación diferente a la de medicamentos, pero no podrán hacer referencia a propiedades terapéuticas o preventivas que les hagan tener la consideración de medicamentos.

En la red, Avaaz, un portal destinado a la movilización ciudadana con presencia en 190 países, ha desarrollado una viva campaña en las redes sociales, sosteniendo una recogida electrónica de firmas contra esta ley. Ayer contaban con 655.254 (241.000 firmaron en las primeas 24 horas). La red recoge también muchas voces que critican la nueva legislación pensando, quizás, que no beneficie realmente al consumidor. Según recoge la BBC, el profesor David Colquhoun, profesor de farmacología de la Universidad de Londres, cree que los cambios tienen un valor limitado porque no requieren que los fabricantes muestren evidencia de que los productos con licencia realmente son efectivos. Además, teme que la gente que quiera seguir tomando sus hierbas favoritas seguirá haciéndolo comprando productos en internet de comerciantes que quizás no son cuidadosos sobre su calidad y efectividad.

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