Provincia de Cádiz

La nueva ley medioambiental obliga a controlar la contaminación lumínica

  • El Ayuntamiento tendrá que elaborar un mapa de luminosidad del municipio y tomar medidas en las zonas que tengan un alto valor ambiental · También deberá determinar las calles saturadas de ruido

Con la entrada en vigor de la nueva ley medioambiental de Andalucía (conocida como la GICA), a comienzos de año, los ayuntamientos han de asumir nuevas competencias para la gestión y el control de la calidad del medio ambiente de cada municipio. Muchos de los puntos novedosos recogidos en la ley ya han sido tomados en cuenta por la Administración local antes de que comenzase el año, como la instalación de un punto limpio para la recogida de residuos (en junio se inauguró el que hay en el Centro de Reciclaje de Residuos, CRR). Igualmente, las instalaciones municipales del servicio de limpieza (Cemulimp) que actualmente se construyen en el polígono El Palmar también contará con un punto limpio, aunque algunas asociaciones denunciaran en su día que este punto no era más que "un centro de limpieza y de mantenimiento de contenedores" y perjudicaría a las empresas que están a su alrededor.

Sin embargo, hay otras novedades en la ley que el Ayuntamiento tendrá que ir desarrollando en los próximos meses, sobre todo, en relación a aspectos medioambientales que no habían sido regulados anteriormente de manera general, como la contaminación lumínica. Concretamente, el Ayuntamiento tendrá la obligación de elaborar un mapa de áreas en las que se especifique qué tipo de luminosidad desprende, de modo que se facilite el control de los excesos de iluminación. La ley considera que el municipio sólo debe determinar las zonas iluminadas, de manera que será la Consejería de Medio Ambiente la que establezca cuáles son las zonas que deben permanecer a oscuras. Estas áreas se corresponden con aquellos espacios naturales que cuentan "con especies vegetales y animales especialmente sensibles a la modificación de ciclos vitales y comportamientos como consecuencia de un exceso de luz artificial". Igualmente, las zonas oscuras también serán aquellas que tengan especial interés para la investigación científica.

Lo que sí tendrá que hacer el Ayuntamiento será dividir las áreas urbanas según la intensidad de iluminación que presenten. Así habrá sitios con poca luz, como las zonas rurales, urbanizables o no; zonas con iluminación media, con no demasiada densidad de población, parques y polígonos industriales; y por último, espacios con iluminación elevada, que afectaría principalmente a los distritos más poblados o donde se realice actividad comercial y turística nocturna (básicamente hostelería). Lo que marca la ley obligatoriamente será la prohibición de focos, láseres y otras fuentes de luz que tengan funciones publicitarias y que sobresalgan por encima de los edificios.

Por otra parte, otra de las novedades marcadas por la ley es la que hace referencia a otro tipo de contaminación: la acústica.

El Puerto reguló, mediante una ordenanza, el exceso de ruidos y vibraciones, en 1999, y que se vendió como una de las más modernas que se firmaban por aquel entonces. Dicha ordenanza estaba en concordancia con el reglamento andaluz de la calidad del aire, de aquel entonces. Sin embargo, durante mucho tiempo, las quejas sobre la falta de cumplimiento de esta norma han sido reiteradas, ya fuera por falta de medios para controlar los ruidos y simplemente por dejadez. Y ahora, con esta nueva ley, el Ayuntamiento está obligado a determinar cuáles son las áreas de sensibilidad acústica (donde habrá con controlar el ruido con mayor exigencia). Del mismo modo, también tendrá que elaborar un mapa en el que se destaquen las zonas acústicamente saturadas.

Aun habiendo incorporado muchas normas y actuaciones para proteger el medio ambiente, la Administración local tiene todavía que aplicarlas en profundidad. Al menos, el aspecto informativo se ha ido desarrollando con jornadas como las que se celebraron hace unas semanas en el CRA, en las que participaron expertos, técnicos municipales de la provincia y cargos políticos de la Diputación. Y de todos modos, la ley aprobada este pasado verano da un plazo de un año a los Ayuntamientos para modificar sus ordenanzas y adaptarlas a la nueva norma.

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