Provincia de Cádiz

"No tenía intención de matar"

  • Cuatro años y medio al vecino de Benalup que atropelló al jefe de la Policía Local

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a cuatro años y medio de prisión, por conducción temeraria y atentado en concurso con lesiones, al vecino de Benalup-Casas Viejas que en abril de 2007 atropelló en esa población a Sebastián Mateos Estudillo, jefe de la Policía Local de ese municipio, cuando éste se encontraba regulando el tráfico. La sentencia considera, en contra de lo que sostuvieron el fiscal y la acusación particular, que el procesado no tenía intención de matar al agente cuando lo golpeó con su automóvil. El fiscal pedía en principio 13 años de prisión pero en el juicio bajó a ocho años y medio. Como la acusación, mantuvo que hubo atentado en concurso con tentativa de homicidio.

El procesado, G.B.S., aseguró en el juicio, celebrado el pasado día 4, que no quiso matar al policía, sino darle un susto por las "putadas" que le había hecho: que pensó acelerar y frenar al llegar junto a él, pero que calculó mal y le dio un golpe. El agente sufrió varias contusiones, esguince cervical y otros problemas de salud a causa del atropello.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Estrella, aplica dos atenuantes: una de alteración mental, porque el procesado padece un trastorno de la personalidad con rasgos esquizofrénicos, y otra de reparación del daño, porque el acusado ingresó en una cuenta judicial la suma de indemnización solicitada por el fiscal. La resolución condena a G.B. a indemnizar al lesionado con 6.000 euros por los daños ocasionados. También le prohibe acercarse a Sebastián Mateos a menos de 500 metros durante cuatro años desde que sea puesto en libertad y le priva del permiso de conducir por seis años. El procesado se encuentra en prisión preventiva desde el pasado abril.

El atropello se produjo poco antes de las nueve de la mañana en una calle de Benalup, junto a un colegio. Numerosos adultos y niños transitaban por la zona en esos momentos camino del centro escolar, explica la resolución.

El tribunal estima que el procesado condujo a escasa velocidad pero también que lo hizo en un lugar concurrido por los niños y sus padres y justo a la altura del paso de peatones por el que cruzan hacia el colegio, por lo que ve probado que cometió un delito de conducción temeraria.

Los magistrados explican que no existiendo posibilidad de discernir la intención del procesado, valoran los indicios y convienen en que la escasa velocidad y el hecho de frenar y dar marcha atrás, junto con la creíble declaración del acusado, no revelan con la claridad que exige el Derecho Penal una clara intención de matar.

La acusación particular, representada por el abogado Domingo Valderrama, estudiará si presenta recurso contra la sentencia.

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