Tribunales

El juez condena a un banco a pagar 300.000 euros a un geriátrico

  • La entidad bancaria contrató productos financieros complejos con la residencia, según la sentencia

Una entidad bancaria ha sido condenada a pagar 300.000 euros a un geriátrico por contratarle dos productos financieros complejos. Así lo ha dictaminado el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Algeciras, que en una reciente sentencia ha declarado la nulidad por vicio del consentimiento del contrato de IRS (Interest Rate Swap) suscrito entre las partes en fecha de 28 de julio de 2009.

Así pues, la resolución judicial ordena que la entidad bancaria demandada abone a la demandante la cantidad de 269.091,28 euros más 35.098,74 en concepto de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados por la contratación de los productos financieros complejos. Todo ello más los intereses legales y las costas del procedimiento.

Según ha informado Bufete Ortiz, que ha llevado la dirección jurídica del caso, los hechos se remontan a agosto de 2007 y julio de 2009, cuando el banco ahora condenado comercializó a una empresa gaditana dedicada a gestionar una residencia para mayores un CAP/FLOOR y un IRS (derivados financieros).

La sentencia recoge en su fundamentación jurídica que “no consta la realización, por parte de la entidad demandada, del preceptivo test de conveniencia/idoneidad, infringiéndose así la normativa vigente al tiempo de la contratación”.

Tags

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios