Sierra

El TSJA rebaja de 45 años de cárcel a 35 la condena al filicida de Ubrique

  • El tribunal andaluz estima que Juan Márquez ni se ensañó con la hija ni mató a su hijo a traición

Juan Márquez durante la celebración del juicio con jurado.

Juan Márquez durante la celebración del juicio con jurado. / román ríos

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de 45 años de cárcel a 35 la condena a Juan Márquez, el filicida de la localidad serrana de Ubrique que apuñaló hasta en 40 ocasiones a sus dos hijos con un cuchillo de matanza en octubre del año 2014.

El TSJA ha reducido así en 10 años la pena de prisión impuesta en primera instancia a Juan Márquez al considerar que ni se ensañó con su hija Laura ni mató a su hijo Juan Pablo a traición. El tribunal andaluz ha descartado además el destierro del filicida que solicitó en su momento la familia de las víctimas y sólo ha acordado de esta manera una orden de alejamiento una vez que cumpla la pena privativa de libertad.

El Alto Tribunal Andaluz descarta el destierro que solicitó la familia de las víctimas

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Jerez, había decretado para Juan Márquez la pena de 20 años de prisión por asesinar con alevosía a su hijo Juan Pablo, de 17 años de edad. Pues bien, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha estimado que la muerte del chaval fue "un homicidio con abuso de superioridad" y no un asesinato.

El tribunal argumenta además que en el caso de Juan Pablo "no hubo total indefensión", que es lo que caracteriza a la alevosía. Y, aunque el hijo "no tuvo oportunidad de reflexionar sobre qué hacer, lo cierto es que acudió a defender a su hermana asumiendo el riesgo de resultar lesionado". En este sentido, el TSJA razona que Juan Pablo "descartó otras opciones, como huir o buscar otros medios o instrumentos (que son habituales en cualquier domicilio) para defender a su hermana y a sí mismo". En conclusión, "era consciente de la entidad de la agresión de su padre contra Laura".

Por todo ello, el Alto Tribunal Andaluz sólo aprecia ahora "superioridad medial" consistente en "una agresión con cuchillo contra una persona desarmada", según el relato fáctico de los hechos probados.

De otra parte, Juan Márquez fue condenado en primera instancia a la pena de 25 años de prisión por asesinar a su hija Laura, de 19 años de edad, con alevosía y ensañamiento. En este caso, el TSJA rechaza el ensañamiento al valorar que "las reiteradas puñaladas constituyen un exceso objetivo respecto de las que serían imprescindibles para conseguir el resultado de muerte", aunque las mismas se producen "en un corto lapso de tiempo".

Según el tribunal andaluz, "no hay ningún elemento del que se pueda inferir un incremento del dolor de la víctima". Por lo tanto, no concurre el ensañamiento en el asesinato de la joven. "Lo que hubo fue una persecución con el objetivo de alcanzar a Laura para matarla", señala el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en tanto que la hija se resistió y su padre no logró su objetivo de primeras.

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