Dictamen del Consejo Consultivo

El Consejo Consultivo rechaza indemnizar por la muerte de un paciente que provocó un incendio en el hospital de Sanlúcar con un cigarrillo

  • El Consejo Consultivo estima que no hubo negligencias por parte del hospital y considera probado que el fallecido, ingresado por una grave enfermedad, causó el siniestro al fumar en la habitación 

Trabajadores del hospital de Sanlúcar limpian la zona afectada por el incendio en 2014

Trabajadores del hospital de Sanlúcar limpian la zona afectada por el incendio en 2014 / D. C.

El Consejo Consultivo rechaza indemnizar a los familiares de un paciente que murió en un incendio en el Hospital Virgen del Camino de Sanlúcar de Barrameda el 18 de mayo de 2014 provocado por el propio enfermo al fumar en la habitación.

El organismo exime a la Consejería de Salud al considerar que “se cumplieron los deberes que incumbían al hospital en orden a la prevención de incendios con el nivel y medios que le resultan exigibles, que no se produjo falta de celeridad ni de diligencia al haberse cumplido con la prestación del servicio, no hubo demora en acudir al Servicio de Bomberos”.

A ello se suma “la concurrencia de causas externas y ajenas al funcionamiento del servicio público sanitario”, en referencia al informe policial en el que se apunta como causa del incendio a un cigarro encendido por la víctima.

Así consta en un dictamen emitido a petición de la Consejería de Salud y que es preceptivo pero no vinculante. Los familiares, que solicitan una indemnización de 95.862,60 euros, alegaron que la actuación del servicio de prevención de incendios “fue tardía e ineficaz”.

El Consejo Consultivo concluye que “la parte reclamante no ha probado que el incendio obedeciera en exclusiva a un deficiente servicio de vigilancia”. En cambio, valora un informe técnico aportado por la administración en el que se pone de relieve el cumplimiento de la normativa sobre extinción de incendios.

En ese sentido, incide en que el hospital no está obligado a contar con elementos rociadores de agua, ya que su autorización de apertura data de 1998, antes de la entrada en vigor del Código Técnico de Edificación.

“Los informes de Bomberos, Servicio 112, Policía Local y Policía Científica, relalizados poco después de los hechos, no recogen que se produjese ningún fallo en el sistema de detección y alarma”, agrega el dictamen.El dictamen señala que la víctima “incumplía reiteradamente los requerimientos del personal sanitario para que se abstuviera de fumar en la habitación del hospital.

“Así consta en la historia clínica, en el informe emitido por el director médico y en el Informe de Medicina Interna, corroborando el Acta de la Inspección Ocular Técnico Policial de que ésta pudo ser la causa del incendio”, concluye.

Desalojos

El fuego se declaró en torno a las seis y media de la mañana del 18 de mayo de 2014 en la habitación donde la víctima estaba ingresada convaleciente de una grave enfermedad. Los bomberos encontraron a la víctima inconsciente en el suelo. Ésta fue trasladada a la Unidad de Cuidados Intensivos donde falleció horas después a consecuencias de las quemaduras.

El siniestro obligó a desalojar doce habitaciones del centro hospitalario y ocho pacientes fueron reubicados en otras dependencias dentro del mismo hospital. Un enfermo de la UCI fue trasladado al hospital de El Puerto de Santa María. La habitación del fallecido fue la única que sufrió daños por las llamas, aunque fue necesario ventilar toda la planta.

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