Sanlúcar

El Consistorio suspende el cobro de las plusvalías sin ganancia patrimonial

  • Un informe municipal lo plantea como medida "cautelar" hasta que se efectúe la reforma legal

El Gobierno local ha difundido las conclusiones de un informe del Ayuntamiento en relación a "la sentencia del Tribunal Constitucional que ha declarado inconstitucional y ha anulado parcialmente el pago del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, conocido como plusvalía municipal, en las ventas de viviendas con pérdidas, es decir, que no hayan tenido ganancia patrimonial con la venta".

El informe indica que "corresponde al legislador, a partir de la publicación de la sentencia, llevar a cabo las modificaciones o adaptaciones pertinentes en el régimen legal del impuesto que permitan arbitrar el modo de no someter a tributación" las situaciones aludidas. El mismo documento señala que "de acuerdo con lo establecido en el artículo 38.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, las sentencias producirán efectos generales desde la fecha de su publicación en el BOE". En este caso, todavía no ha sido publicada.

"Debe ser el legislador estatal el que arbitre, mediante la reforma de los artículos sometidos a la cuestión de inconstitucionalidad, los criterios para determinar si existe o no incremento y si procede o no la devolución en caso de no incremento", ha precisado sobre este asunto.

Así las cosas, el informe concluye que "este impuesto debe seguir liquidándose y en el caso de que el interesado aporte una prueba fehaciente del decremento del valor -tasación o prueba pericial, etcétera-, se suspenda cautelarmente hasta que el legislador se pronuncie". Los interesados, pues, "deben comunicarlo" al Ayuntamiento.

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