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Provincia de Cádiz

Acaba la instrucción del 'Pepita Aurora' con el patrón como único imputado

  • El juez achaca a José Vega, como máximo responsable del barco que naufragó en 2007, 16 delitos: ocho homicidios imprudentes, 7 de lesiones también imprudentes y uno contra los derechos de los trabajadores

Cuando han transcurrido prácticamente cinco años desde que el Nuevo Pepita Aurora naufragara aquella fatídica jornada del 5 de septiembre de 2007, el juez instructor de la causa, el titular del Juzgado 3 de Algeciras, ha dado por terminada la instrucción manteniendo como único responsable de la tragedia del barco pesquero barbateño a su patrón, José Vega.

En un auto que acaba de ser notificado a las partes, el magistrado Lorenzo Rosa considera que existen indicios para imputar a José Vega 16 delitos: ocho delitos dehomicidio imprudentes, por los cinco marineros que fallecieron y los tres desaparecidos, siete delitos de lesiones imprudentes (las sufridas por otros tanto s tripulantes del buque, con incapacidad laboral total reconocida) y un delito contra los derechos de los trabajadores.

En el auto, el juez recuerda que el pesquero barbateño se hundió a unas 7,8 millas de Punta Camarinal (Tarifa) cuando regresaba tras faenar por la noche en las costas próximas a Marruecos con una tripulación compuesta por el patrón y quince marineros.

Según anota el magistrado en su resolución, la travesía frente a la costa de Marruecos no tuvo condiciones meteorológicas adversas. Sin embargo, al llegar a la zona del Estrecho de Gibraltar, es decir, cuando el barco sobrepasó el cabo Espartel, se produjo un cambio pues aproximadamente sobre las 13 horas, se registraba viento de levante, con fuerza de 8 a 10 y mar muy gruesa con olas de hasta siete metros. Y a unas 7,8 millas al suroeste de Punta Camarinal, se produjo el hundimiento del pesquero, "que se puso quilla al sol".

El magistrado prosigue relatando que otros pesqueros que volvían también de Marruecos pudieron rescatar en el momento a nueve tripulantes, incluidos entre ellos el patrón. Durante las labores de rescate, fueron recuperados los cuerpos sin vida de tres marineros en primera instancia. Días después, fueron hallados otros dos cuerpos, no pudiéndose finalmente rescatar los cadáveres de tres marineros.

El juez, en su resolución, anota como posibles causas del hundimiento las que fijó tiempo atrás la Comisión Permanente de Investigación de Siniestros Marítimos: que el buque zozobró como consecuencia de la inundación de sus compartimentos internos tras su vuelco, que fue debido a la pérdida de inestabilidad "por una inadecuada disposición de los pesos a bordo, y recibir en esa condición dos golpes de mar consecutivos". En todo ello, prosigue relatando el juez, ateniéndose al informe de esta Comisión, confluyeron cuatro factores: el exceso de peso y su disposición a bordo; ausencia de posibilidades de evacuación rápida "por cierre intencionado del 60% de las aberturas de desagüe y la obstrucción parcial del resto de aberturas por la disposición de las redes", la pérdida de flotabilidad por el exceso de pesos sobrepasando la línea de franco bordo, y las condiciones meteorológicas en el momento del accidente.

También incide el juez algecireño en que en el libro de estabilidad sólo había considerado un tanque de agua dulce, aunque la inspección del pecio puso de manifiesto la existencia de otros dos tanques. También dice que ese libro sólo consideraba dos toneladas de peso de redes, "si bien podría llevar enseres con un peso de unos 7.000 kilos, aunque la Comisión concluye que el peso total de las redes era de 8,5 toneladas".

El magistrado matiza que nada de ello fue observado en la inspección que se realizó en el buque mes y medio antes, cuando el subinspector de la Capitanía Marítima de Cádiz observó que las falucheras estaban en correcto estado; y que las redes no se pesaron, pero que en el momento de la inspección el peso era el normal , las dos toneladas, adecuadas al libro de estabilidad que se examinó, y respecto a los tanques, que en 2006 sólo se detectó uno.

El juez insta ahora a la Fiscalía y a las partes personadas a solicitar la apertura de juicio oral, presentando para ello sus escritos de conclusiones provisionales o, en su caso, insten a la práctica de alguna nueva diligencia.

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