Costa Noroeste

Absuelto de llevarse 520.000 euros de la farmacia en la que trabajaba

  • La Audiencia no ve probado que el mancebo eludiera el registro de la venta de productos para quedarse con el dinero por ellos pagados

Imagen de archivo de una farmacia de la provincia de Cádiz.

Imagen de archivo de una farmacia de la provincia de Cádiz. / D. C.

La Audiencia de Cádiz ha absuelto a un hombre acusado de embolsarse más de medio millón de euros de la farmacia en la que trabajaba en Sanlúcar desde el año 2005 y hasta 2010. La Fiscalía solicitaba para el mancebo la pena de cuatro años de prisión por el delito de apropiación indebida.

El tribunal de la Sección Cuarta no ve acreditado que el auxiliar de farmacia, dentro de su actividad laboral, realizara "sin conocimiento ni consentimiento del titular de la farmacia" distintas operaciones que le permitiesen obtener en su propio beneficio un importe total de 526,151 euros.

Según la versión del denunciante, dueño del establecimiento, estas operaciones consistían en no marcar en el sistema informático de control de ventas parte de los productos que el auxiliar dispensaba a los clientes y quedarse para sí el precio por ellos pagados. No obstante, esta forma de proceder por parte del encausado, representado por el abogado José Manuel Jareño, no ha quedado probada.

Para dictar esta sentencia exculpatoria, el tribunal gaditano se ha basado, entre otras pruebas, en las auditorías realizadas en la farmacia en 2005, 2006, 2007 y 2008. Así, estas periciales vienen a concluir que las circunstancias que han dado ejercicios económicos de pérdidas durante esos años tienen su origen "en una mala gestión de la oficina de farmacia" por las siguientes causas: "bien por la incorrecta aplicación de los márgenes comerciales en las ventas de mercaderías, bien por haberse cobrado productos a clientes por debajo de su precio, bien por haberlos distribuido de forma gratuita o bien por no haberse marcado en el control de ventas ".

Los peritos estimaron que en el año 2005 faltaban aproximadamente unos 85.000 euros de ingresos; en el año 2006, sobre 152.000 euros; en el año 2007 restaban aproximadamente 113.000 euros; y en el año 2008, sobre unos 99.000 euros.

Por su parte, el denunciante manifestó en el juicio que lo que variaba no era el dinero de la caja. Lo que ocurría, según su versión, es que "desaparecían" tanto las mercancías del almacén como los albaranes (aunque que él en ningún momento vio al acusado in situ robando). "La dinámica que describe el dueño de la farmacia no coincide con las causas señaladas por los peritos sobre el desajuste de las cuentas del negocio", aduce el tribunal.

"En definitiva", concluye la sentencia, "parece que en todo caso ha habido una desaparición de material, no bastando la mera distracción de registros en el programa informático o el borrado de los albaranes". El tribunal argumenta que "tratándose de hechos que se van dilatando en el tiempo a lo largo de casi cinco años y en cantidades tan importantes, parece difícil que no se hayan detectado sustracciones de los productos, que tenían que salir materialmente de la farmacia. Tampoco se ha probado el destino final de los artículos sustraídos o su eventual comercialización".

Frente a todo ello, el mancebo negó en la vista oral que el tuviera nada que ver con este pufo y explicó que los ingresos de más consignados en sus cuentas bancarias procedían de su actividad como reparador de equipos informáticos, actividad que llevaba a cabo en B.

El tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia de Cádiz estima pues que el relato de los hechos denunciados "no cuenta con la solidez suficiente como para construir prueba de cargo para fundamentar una sentencia condenatoria, máxime cuando no se cuenta con elementos objetivos de corroboración de su verosimilitud. Por todo esto, ha de dictarse una sentencia absolutoria".

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