Editorial

La venganza que mata a inocentes

DOCE mujeres han sido asesinadas por sus parejas o ex parejas en el primer trimestre de 2013, una más que en el mismo periodo del año anterior. Con ser execrables todos estos crímenes, que reflejan que aún estamos lejos de combatir con eficacia esta lacra social que nace del machismo, el último caso conocido de violencia de género, ocurrido en el municipio malagueño de Campillos, ha aumentado el horror: un hombre de 32 años habría matado, presuntamente, a su hija de seis y luego se habría ahorcado. El individuo había sido condenado en diciembre a seis meses de prisión por malos tratos a su pareja, con la que acababa de acordar la separación y de quien tenía una orden de alejamiento, aunque el juzgado no había ordenado su ingreso en la cárcel por carecer de antecedentes penales y también mantenía un régimen de visitas a la niña. Aprovechando precisamente que la menor se encontraba con él, el supuesto homicida habría utilizado a la inocente para ejecutar la venganza contra la madre de la criatura, quitándole la vida y suicidándose a continuación. Con todas las cautelas exigidas, puesto que el caso no ha sido resuelto por la investigación policial y forense, podemos estar ante un ejemplo de lo que los expertos llaman violencia de género extendida: buscan hacer sufrir a sus ex esposas o ex compañeras causando daño, e incluso la muerte, a los seres más queridos por ella, víctimas inocentes de su insania. El terrible suceso de Campillos, aún por esclarecer, ha hecho rebrotar el debate inacabado acerca de la violencia doméstica y, en particular, acerca de las medidas de protección necesarias para los menores afectados por el maltrato físico y psicológico en un hogar que a veces se convierte en un auténtico infierno. La Ley Integral contra la Violencia de Género y el Código Civil vigentes permiten a los jueces retirar a los padres maltratadores la custodia de sus hijos o los derechos de visita, pero es un hecho que rara vez se aplica esta retirada. Esa es la razón por la que algunos sectores jurídicos y organizaciones feministas abogan por una modificación legal encaminada a que se retire automáticamente a los imputados el contacto con sus hijos. Hay que tener en cuenta, sin embargo, que la imputación no significa por sí sola culpabilidad y que incluso el maltrato a una mujer puede revestir distintos grados de gravedad y, por tanto, dar lugar a condenas diferentes. Homogeneizar el tratamiento penal de todos los casos de violencia de género puede dar lugar a arbitrariedades e injusticias. Es preferible que quede en manos de los jueces la decisión sobre la custodia y las visitas de los menores implicados, y exigible que la Justicia examine cada caso teniendo como referencia prioritaria la defensa de la agredida y la protección de los hijos.

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