Polémica Cinco euros al turismo por entrar en Venecia: una tasa muy alejada de la situación actual en Cádiz

La tribuna

francisco J. Ferraro /

La reforma de la Administración Local

EL pasado 15 de febrero el Gobierno aprobó un informe del anteproyecto de ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración local, una de las reformas institucionales que vienen siendo demandadas desde hace años para mejorar su eficiencia, para lo que se viene solicitando evitar las duplicidades en la prestación de servicios por las diferentes administraciones públicas, reducir el número de municipios y dotarlos de un sistema de financiación estable. Según dicho informe, con el desarrollo del anteproyecto de ley se ahorrarán 7.129 millones de euros en los próximos tres años gracias a la supresión de servicios que ahora se prestan de forma duplicada o triplicada, la eliminación de los sueldos de la mayoría de los concejales, el establecimientos de topes salariales para los alcaldes, la asunción de competencias por parte de las diputaciones provinciales de los municipios de menos de 20.000 habitantes y al establecimiento de costes máximos de los servicios municipales básicos (basura, abastecimiento de agua, viales, protección civil, salubridad pública, cementerios).

Merece elogiarse que una reforma aplazada durante tantos años haya sido abordada, que se ponga orden en la maraña competencial de las administraciones y que permita un ahorro de recursos públicos, pero pesa más la sensación de oportunidad perdida para hacer una reforma de mayor calado. Los contenidos del anteproyecto que merecen este comentario son: la no reducción del número de municipios, el fortalecimiento de las diputaciones y la limitación a la autonomía municipal.

En España existen 8.177 municipios, lo que equivale a un municipio por cada 5.780 habitantes, mientras que la mayor parte de los países europeos han hecho reformas en el tiempo reciente reduciendo sustantivamente esa relación: Suecia, 34.033 habitantes por municipio; Alemania, 9.732; Dinamarca, 56.735; Grecia, 31.859; o Reino Unido, 156.090. El tamaño del municipio importa para la prestación eficiente de los servicios públicos, pues los servicios comunes de los municipios con menos de 500 habitantes triplican el coste per cápita de los municipios mayores de 5.000 habitantes. Por ello la concentración de municipios en unidades administrativas en las que las economías de escala permitan reducir los costes de los servicios municipales es una necesidad como lo es en cualquier empresa. No obstante, el proceso de racionalización económica vía fusión municipal no se aborda en el anteproyecto, probablemente para evitar el rechazo en los partidos políticos a la pérdida de cargos públicos locales.

Como medida paliativa, el anteproyecto de ley establece que en el caso de que los municipios menores de 20.000 habitantes no cumplan los estándares de calidad de los servicios municipales básicos que establecerá el Gobierno, sus competencias podrían ser asumidas por las diputaciones provinciales. De esta forma, estas instituciones, sobre las que desde ámbitos muy diferentes se viene demandando su desaparición, cobrarían un gran protagonismo. La opción no parece muy razonable. Por una parte, porque significa el mantenimiento de una institución intermedia en la organización administrativa del Estado que mantiene la obsoleta estructura provincial y que compite con la nueva institución intermedia encarnada por las comunidades autónomas, a las que dificulta su consolidación en muchos casos, como en Andalucía. Por otra parte, porque la experiencia de las diputaciones provinciales (bastante opacas, altamente politizadas y con elevados costes de funcionamiento) no es el mejor aval para las nuevas funciones para las que se las requiere: grandes empresas de servicios públicos, lo que exigiría una reconversión de sus cuadros y empleados, objetivo complicado a medio plazo conociendo la tendencia inercial de las instituciones.

Y en tercer y último lugar, sorprende el recelo del proyecto a la autonomía municipal y a los mecanismos de mercado, ya que define y normativiza múltiples aspectos del funcionamiento de los ayuntamiento en lugar de definir un claro sistema de financiación, obligar a unas prestaciones de servicios municipales básicos con estándares de calidad y controlar puntualmente los presupuestos y su ejecución. En el marco de la autonomía municipal es donde se debe determinar la cantidad y calidad de los servicios públicos (una vez cubierto los servicios básicos), si son provistos por los propios ayuntamientos, a través de empresas públicas o privadas, o mancomunadamente con otros municipios y, en consecuencia, la presión fiscal municipal necesaria para financiarlos.

En los próximos días se reunirá la Comisión Nacional de Administración Local, en la que participan el Gobierno y la FEMP, para discutir la reforma. Es una oportunidad para mejorar el proyecto, pero, dada la composición de la FEMP, es previsible que defiendan los intereses de los políticos en ella representados. Es difícil avanzar en las reformas institucionales cuando los reformadores son los representantes de las instituciones a reformar.

MÁS ARTÍCULOS DE OPINIÓN Ir a la sección Opinión »

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios