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La tribuna

Bernardo Periñán

Derecho y crisis

LOS profesores de Derecho solemos decir a nuestros alumnos que Robinson Crusoe no necesitaba normas jurídicas; su soledad tendría muchos inconvenientes, pero desde luego tenía la ventaja de permitirle vivir sin normas. Los problemas empezaron con Viernes, y seguramente fueron muchos más cuando Robinson, al ser rescatado, tuvo que convivir con sus salvadores. El Derecho, su necesidad, se haría entonces más presente como instrumento para regular la convivencia en un lugar -el barco- donde los recursos serían limitados y las necesidades muchas.

Sirva este ejemplo escolar para ilustrar un argumento clásico: la razón de ser del Derecho es la crisis, o sea, el problema. Si esos problemas son muchos y muy extendidos hablamos de Crisis, con mayúscula, como hecho histórico que será inevitablemente recordado y que puede llegar a marcar una época. En estos casos el Derecho debe responder, con cambios, a las necesidades sociales y ser un instrumento más para su solución. Si hay nuevos problemas, las normas no pueden ser las mismas. Pero, además de reformas, ¿qué cabe esperar del Derecho en una situación como la actual? En mi opinión dos cosas: la primera, que responda con seguridad a su función de resolución de conflictos; la segunda, que lo haga con justicia. En cualquier circunstancia, una norma tiene que ser segura y clara, y a la vez justa, pero aún más cuando los problemas se van encadenando unos con otros y tienen, como es el caso, tantas implicaciones sociales.

Sin embargo, de nada servirían normas teóricamente perfectas si no pudiesen aplicarse adecuadamente, por lo que en una situación como la actual es imprescindible contar con una Administración de Justicia capaz de responder al aumento de la cantidad y la gravedad de los problemas. Es como si, ante una epidemia, los hospitales siguieran manteniendo un mismo número de médicos o de camas, aunque la solución para la enfermedad fuese conocida y adecuada. Obviamente, la crisis ha hecho que los problemas jurídicos crezcan y cabría preguntarse si lo han hecho en la misma medida los medios públicos para resolver esos conflictos.

El efecto de la aplicación defectuosa de las normas, lo que incluye su aplicación a destiempo, es naturalmente el nacimiento de nuevos problemas. Volviendo a la metáfora médica: si las enfermedades no se atajan a tiempo, aumenta el riesgo de contagio. En este sentido, a nadie escapa que una norma aplicada con retraso ha podido encontrarse el asunto cerrado por otros medios, como la violencia sin ir más lejos, lo que generará nuevas situaciones críticas.

El mismo efecto -crear nuevos problemas- tiene una norma mal hecha, es decir, abiertamente injusta. En contra de lo que pudiera parecer, la solución no es crear normas desequilibradas por razones puramente sociales. No olvidemos además que los papeles se intercambian a menudo en el mundo de los negocios, y que lo que hoy puede ser un beneficio, injusto pero beneficioso, mañana puede ser un perjuicio, igualmente inicuo. Por ejemplo, nadie entendería como justo que, para salvar a los bancos, los hipotecados tuvieran la obligación legal de pagar un diez por ciento más de lo que deben, como tampoco que las entidades financieras se vieran obligadas jurídicamente a congelar la reclamación de los créditos, sin más, para salvar a las economías domésticas. Y eso que la estabilidad social estaría en juego en ambos casos.

En cualquier caso, lo primero que necesitan los operadores económicos son normas claras y bien hechas, cuya vigencia nacional o internacional esté fuera de discusión. Dichas normas sólo pueden venir del trabajo científico y profesional sobre el Derecho, en lo posible aislado de la presiones políticas, y guiado por criterios de justicia. Por otra parte, la potenciación de las diferencias entre las distintas tradiciones jurídicas no es precisamente una ayuda en tiempos de crisis, sino un verdadero obstáculo al desarrollo económico. En sentido positivo, en cambio, sí pueden entenderse, por ejemplo, los intentos por favorecer la unificación del Derecho privado en Europa, cuya vigencia efectiva depende sólo a estas alturas de la valentía política de nuestros gobernantes.

Si esto cabe decir del Derecho en sí, huelga cualquier comentario acerca de la necesidad de que -especialmente en estos tiempos de zozobra- la Justicia funcione correctamente. Es decir, de que sea un ámbito seguro en que las normas se apliquen con rapidez y garantía, a través de una Administración de Justicia eficaz, nacional o internacional, según el ámbito del problema. Es la Administración la que tiene que reaccionar con medios humanos y materiales para que el Derecho no sea un problema, sino la solución.

Como en el ejemplo de Crusoe, hay que pensar que el viaje hasta tierra firme va a terminar felizmente gracias al viento y a la buena mar. Pero para que el viaje sea seguro y pacífico también hacen falta unas normas jurídicas suficientes, bien hechas y bien aplicadas, que busquen el bien común y faciliten la convivencia abordo. Como consecuencia de ese final feliz, Robinson volvió a Inglaterra y se estableció como comerciante. Es de suponer que las normas que regían en tierra estaban bien hechas. De otra manera Robinson habría sentido nostalgia de su isla desierta.

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