Dejación de funciones

El Gobierno da la impresión de que se ausenta y deja a las Comunidades que dispongan las medidas que estimen

Este domingo, 9 de mayo, acaban las limitaciones del Estado de alarma decretado por el Gobierno de la Nación, que es la única autoridad que puede hacerlo. Comenzó el 25 de octubre del año pasado para todo el territorio nacional y para contener la propagación de infecciones causadas por el Covid. La consecuencia del fin de esa medida excepcional, prevista en la Constitución, es que deja sin cobertura jurídica las limitaciones impuestas a derechos fundamentales de los ciudadanos, recogidos en aquel texto. Por ello, no habrá cierres perimetrales, ni limitaciones nocturnas a la movilidad, salvo que así se acuerde por cada Comunidad autónoma y en la medida que lo acuerde. El Gobierno central da así la impresión de que se ausenta del tema y deja a las CCAA, que dispongan las medidas que estimen oportunas, en cuanto a cierres perimetrales y toques de queda, con lo que implícitamente, está reconociendo que esas medidas puedan necesitarse. Pero como la libre circulación de los españoles es un derecho fundamental, del que no se les puede privar más que con una Ley, las CCAA, como Navarra, Castilla la Mancha, País Vasco o Baleares, que quieren mantener el toque de queda, tendrán que acudir a una más débil cobertura jurídica, como es la Ley General de Salud Pública. Esto es lo que aconseja el Gobierno, pero no la fiscalía, porque se trata de restricciones que afectan a derechos fundamentales. Se corre así el riesgo de que ante una reclamación individual, el Juez anule la medida porque es necesaria una Ley Orgánica para limitar derechos fundamentales. Y hay un precedente porque Castilla León quiso adelantar el toque de queda y el Tribunal Supremo falló en contra. La solución propuesta por el Gobierno es que se acuda al TS para que fije doctrina. No parece una buena solución judicializar temas, que deben decidir los gobernantes.

Aquí en Andalucía, el Gobierno andaluz, establece que desde el domingo 9 de mayo, la hostelería podrá abrir hasta las 0:00 horas, con un límite máximo de ocho personas por mesa y las discotecas hasta las 02:00 horas. Todas las demás medidas, consecuentes al Estado de alarma quedan sin efecto, como pueden ser limitaciones de reunión y cierre perimetral de la CCAA. La primera fase será desde este domingo, hasta el 31 de mayo y además se amplía el aforo de las celebraciones y de teatros y cines, sí cuentan con el consentimiento del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Así, lo leo en este Diario.

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