No hay velo blanco, toga roja, pieles sin brillo ni alientos entrecortados, pero muchos hombres se sienten indefensos. Apenas pueden dejar de ser sí mismos, ha de ponerse remedio. Los niños (y las niñas) huyen o son huidos de ellos. Lo dice el reformado artículo 94 del Código Civil publicado en el BOE del pasado 4 de junio y que entrará en vigor en septiembre: "No procederá el establecimiento de un régimen de visita o estancia, y si existiera se suspenderá, respecto del progenitor que esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o sus hijos".

Conocíamos de la existencia de la probatio diabólica y podemos encontrarnos ahora a merced de un proceso diabólico. Con su mirada. Ante la admisión de la denuncia de una mujer por parte de los tribunales de justicia, el hombre podrá quedarse sin contacto estrecho ni régimen de visitas y estancias con sus hijos por un período indeterminado. En automático y preceptivamente. Pero, ¿qué es estar incurso en un proceso penal? Alabado sea. Que una denuncia se presente, se admita y se dé trámite a unas diligencias urgentes de juicio rápido o a un procedimiento de diligencias previas para investigar los hechos denunciados. Y continúa la norma reformada: "tampoco procederá (el régimen de visita o estancia) cuando la autoridad judicial advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género". He ahí el automatismo: todo dependerá de la valentía e integridad del juez. La normativa lo deja claro: se prohíbe establecer régimen de visitas y estancias si...

Y no, esto no es Gilead, pero muchos juristas se sienten incómodos ante estas reformas orwellianas con que se desayunan cuando menos se lo esperan, despistados por los estragos del kilovatio/hora y la inevitabilidad de los indultos catalanofílicos.

Algunos jueces han tratado de tranquilizarlos mostrando mesura, otros han puesto el grito en el cielo, pero ¿se puede sosegar al pavo en Nochebuena? El epónimo criado de Atwood nos tiene rostro conocido y quizá no hubiera roto un plato hasta que su matrimonio se acabó, hasta que ofreció menos pensión de la exigida. ¿Pagará este individuo el pato de los que raptan a sus hijas y las esconden bajo las flores del mar? ¿O del mal? ¿Pagarán justos por pescadores? Bendito sea el fruto.

Estamos ante una decisión complicada porque tiene muchas aristas: la protección de la infancia, la lucha contra la terrible lacra machista y la patada en los huevos a la presunción de inocencia, que el Señor permita que madure. Por eso me asusta esta reforma preceptiva: si se priva preventivamente a un padre de estar con sus hijos, y luego es absuelto, ¿quién compensará los momentos perdidos? ¿dónde se pondrán las hojas de reclamaciones? Pocas bromas con esta reforma. Alabada sea.

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