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Tribunales

Un retraso judicial provoca la rebaja de la pena a un condenado en Cádiz por abusos a una menor

  • El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía impone al hombre dos años y medio de cárcel en lugar de tres años

Sede de la Audiencia Provincial de Cádiz.

Sede de la Audiencia Provincial de Cádiz. / Lourdes de Vicente

Un hombre condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz a tres años de prisión por un delito de abuso sexual a una menor ha visto rebajada su pena en seis meses al estimar el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) su recurso, en el que solicitó que le aplicaran la atenuante de dilaciones indebidas por el retraso que había sufrido su caso. El Alto Tribunal andaluz ha aceptado el planteamiento del condenado y le ha impuesto finalmente dos años y medio de cárcel.

Según la sentencia, difundida por el gabinete de prensa del TSJA, los hechos se remontan a septiembre de 2016, cuando el hombre se acercó a la menor, de 11 años, a la que conocía por haber estado una vez en su casa, y tras saludarla, le preguntó dónde iba, para a continuación decirle que se subiera a su coche para llevarla a la plaza donde se encontraban sus amigas.

Fue durante el trayecto cuando el condenado aprovechó para cometer el abuso, al tiempo que le decía “te están creciendo las tetitas”. Asimismo, recoge la resolución judicial, le introdujo un billete de cinco euros en el vestido a la altura del pecho. La menor trató de salir del vehículo, lo que evitó el procesado accionando los pestillos.

Una vez que llegaron a la plaza, la niña llamó la atención de las personas que allí se encontraban golpeando los cristales del coche, lo que hizo que el encausado desistiera de su conducta. Así, dejó que la menor se marchara no sin antes decirle que no le contara nada de lo sucedido a su madre, pues si lo hacía le haría algo malo.

Por estos hechos, la Sección Tercera de la Audiencia de Cádiz impuso al hombre la pena de tres años de prisión. Tras conocer el fallo, éste presentó un recurso ante el TSJA al entender que merecía una pena menor por el retraso acumulado en el procedimiento judicial abierto para juzgarle. Esta propuesta de rebaja ha sido aceptada ahora por el TSJA, que ha reducido la pena en seis meses.

"Nos encontramos ante un procedimiento de escasa complejidad en su tramitación en el que la fase de instrucción se desarrolló pausadamente aunque sin retrasos destacables, pero que ya en la fase de enjuiciamiento experimentó una paralización importante y no justificada de quince meses por causas ajenas por completo a la voluntad del acusado, lo que unido a la duración global del proceso (unos cuatro años y nueve meses, una vez descontados los seis meses imputables al procesado), supuso un rabasamiento de su tiempo razonable de duración, lo que justifica la aplicación de la atenuante pretendida", argumenta el TJSA.

Por último, según el informe de evaluación y diagnóstico realizado a la menor, ésta presenta sintomatología compatible con un diagnóstico de trastorno por estrés postraumático. La víctima ha bajado su rendimiento académico, sufre problemas de concentración y reacciona de forma  agresiva en casa. Está irascible a la interacción con sus compañeros y familiares, presenta aislamiento y retraimiento social, tiene miedo a salir sola a la calle, padece episodios de bloqueo, sentimientos de vergüenza y de tristeza, así como problemas de sueño y pérdida de apetito.

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