Provincia de Cádiz

El pastel de los concursos de acreedores

  • El sueldo de los administradores concursales y su designación son puntos oscuros de la ley

Bajo la supervisión de un juez y la gestión de una administración externa, los procedimientos concursales buscan alcanzar soluciones para las deudas acumuladas por empresas sin liquidez o en quiebra. Los procedimientos están regulados bajo la ley concursal, y uno de los principales problemas de esta normativa es, justo, determinar el sueldo de los administradores que han de velar por el funcionamiento de la empresa que se declara en concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos).

Hay procedimientos en los que los administradores cobran muy poco, pero también hay casos en los que las remuneraciones ascieden a millones de euros y que se convierten en verdaderos negocios. Es el caso del portuense Grupo JALE, donde los tres administradores concursales se han embolsado hasta ahora 4,5millones de euros, de los que deben devolver 2,4 por no estar autorizados por la juez, o del Betis, el club de fútbol, cuyos administradores cobrarán más que los futbolistas mejor pagados de la plantilla: 1,5 millones de euros por cinco meses de trabajo, éstos sí, autorizados por el juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla hace pocas semanas.

A los elevados sueldos que proporcionan estos concursos, especialmente en tiempos de crisis y desplome de grandes sociedades, se une la discrecionalidad con la que los jueces nombran a los administradores. Según han denunciado numerosos letrados y otros actores del sector, la potestad, en la práctica, de libre designación ha propiciado la creación de un grupo de presión de profesionales de lo concursal, en el que relevantes despachos de economistas y abogados pujan por 'aproximarse' a magistrados con el objetivo de que éstos puedan facilitar su entrada en procedimientos.

Como ejemplo de estas actividades de relaciones públicas, diversos medios han denunciado la generalización de la organización de congresos por parte de grupos relacionados con la administración concursal en los que jueces, que después deben decidir quién se queda con el pastel de un procedimiento, forman parte del programa de ponentes con sus correspondientes honorarios.

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