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Provincia de Cádiz

El juez le recuerda a Barroso que en la República hubiese ido a prisión

  • "Para ensalzar y glorificar al régimen republicano es innecesario ofender al Rey"

El juez central de lo penal de la Audiencia Nacional José María Vázquez Honrubia cree que para "ensalzar y glorificar" el régimen republicano es totalmente innecesario usar expresiones "ultrajantes y ofensivas" contra el Rey, tal y como ha hecho el alcalde de Puerto Real, José Antonio Barroso (IU). El magistrado recuerda que el Código Penal de la Segunda República sancionaba las injurias al Jefe del Estado en su artículo 149 con pena de prisión desde 6 meses y un día a 8 años de cárcel, y no con pena meramente pecuniaria.

Así lo indica el magistrado en la sentencia que hizo pública ayer, después haberla anunciado in voce al término del juicio celebrado la semana pasada, y que condenaba a Barroso a pagar una multa de 6.840 euros por un delito de injurias graves al Rey, al que calificó de "corrupto" y "deleznable" en un acto de conmemoración de la Segunda República que tuvo lugar el 14 de abril de 2008.

Para Vázquez Honrubia, el alcalde, que atribuyó al Rey una "acostumbrada vinculación etílica", se excedió, "en mucho", de la crítica política que le ampara, "cayendo y descendiendo hasta el vilipendio y escarnio personal para censurar la monarquía parlamentaria". Según el juez, la crítica política tiene su límite en el insulto personal y en los derechos de los demás, lo que, a su juicio, es "fundamento del orden político y de la paz social". El alcalde empleó apelativos "claramente insultantes, injuriosos y vejatorios" no sólo referidos al Rey, sino a sus padres, afirma el magistrado.

Rechaza además el argumento esgrimido por Barroso en la vista oral de que los calificativos no iban dirigidos a la institución monárquica, sino al "ciudadano Juan Carlos". Lo considera una "curiosa alegación defensiva, además de falaz".

"No es admisible el subterfugio de que el acusado se estaba refiriendo al ciudadano Juan Carlos, pues éste es quien encarna a la Corona, es decir, a la Jefatura del Estado, y el bien jurídico que se protege no es la dignidad de ciudadano alguno sino de la institución", destaca. Vázquez Honrubia considera que el cargo de alcalde que representa el acusado da a los actos cometidos "un plus de reprochabilidad".

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