Provincia de Cádiz

Condenado a siete años de inhabilitación el ex alcalde de Puerto Serrano por prevaricación

  • Pedro Ruiz ha evitado la celebración del juicio tras admitir que formalizó "numerosos" contratos ilegales con un trabajador "hasta que adquirió la condición de indefinido"

Pedro Ruiz, ex alcalde de Puerto Serrano.

Pedro Ruiz, ex alcalde de Puerto Serrano. / Ramón Aguilar

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Jerez, ha condenado al ex alcalde de Puerto Serrano Pedro Ruiz (Izquierda Unida) a siete años de inhabilitación por un delito de prevaricación en relación a las irregularidades cometidas en “numerosos” contratos laborales eventuales celebrados con un trabajador.

El juicio no ha llegado a celebrarse tras la conformidad alcanzada entre la Fiscalía, la defensa y el acusado, que ha admitido los hechos. Así, ha sido condenado en firme  a siete años de inhabilitación especial para el cargo de alcalde, teniente de alcalde, concejal y cualquier otro de naturaleza electiva que implique una participación en el Gobierno municipal, autonómico, estatal o europeo.

En la sentencia, la Audiencia Provincial considera probado, por conformidad de las partes, que el encausado, en su condición de alcalde de Puerto Serrano, formalizó "numerosos contratos laborales eventuales” con un trabajador “con conocimiento de la ausencia absoluta de procedimiento de selección y sin respetar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, como así se le puso de manifiesto en numerosísimas ocasiones en los correspondientes informes de reparo redactados por los distintos secretarios interventores del Ayuntamiento”.

El trabajador “fue enlazando de manera improcedente” dichos contratos laborales eventuales “hasta que adquirió la condición de indefinido”, según recoge la sentencia dictada el día 31 de enero, que es firme y contra la que no cabe interponer recurso alguno.

La Audiencia asevera que, tal y como quedó reflejado en los informes de reparo de los secretarios interventores, dichas contrataciones “supusieron un incumplimiento manifiesto” de distintas normativas y leyes. Asimismo, los magistrados enumeran en la resolución judicial las distintas contrataciones realizadas por el ex alcalde polichero en relación a dicho trabajador, en las que “prescindió de manera grosera del procedimiento legalmente establecido” mediante distintos decretos de los años 2009, 2010 y 2011.

Con fecha 7 de marzo de 2013, el trabajador solicitó la condición de indefinido al estar trabajando de manera continuada por un periodo superior al máximo de los contratos temporales, tras lo que, previo informe jurídico favorable de la Diputación de Cádiz, “tuvo que pasar a indefinido” por Decreto de 12 de agosto de 2013 dictado por el entonces alcalde de Puerto Serrano, cargo que ya no ostentaba entonces.

Varias "visitas" al banquillo

Pedro Ruiz ya fue condenado en noviembre de 2016 a cuatro años y un mes de inhabilitación por adjudicar a dedo contratos a favor de familiares directos de miembros de la corporación local. En esta ocasión, tampoco fue necesaria la celebración de la vista oral, dado que el ex alcalde confesó y se pactó la pena.

También fue condenado a un año y tres meses de prisión por el conocido como caso de la Floristería: el ex regidor polichero fue juzgado por contratar suministros de flores y papelería para el Consistorio de Puerto Serrano con la empresa que gestionaba su esposa.

En septiembre de 2021, el ex regidor serrano y el ex diputado Diego Cañamero fueron juzgados por participar en un piquete informativo durante la huelga general del 29 de septiembre del 2010. Se enfrentaba a tres años de cárcel y multa de 4.360 euros, si bien salió absuelto.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios