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Tribunales Cádiz

Condenado a 9 años por reventarle el ojo a un joven con un vaso en Rota

  • Tres familiares del agresor, también juzgados por el brutal ataque, han sido absueltos

Los cuatro procesados por la brutal agresión, de espaldas, durante la celebración del juicio.

Los cuatro procesados por la brutal agresión, de espaldas, durante la celebración del juicio. / D.C.

Nueve años y un día de prisión y el pago de una indemnización de 59.945 euros es la condena que la Audiencia Provincial de Cádiz ha impuesto a un vecino de Rota por reventarle el ojo a un joven con un vaso de cristal en el transcurso de una pelea. Sin embargo, tres familiares del agresor, que también acudieron a juicio acusados de participar en este brutal ataque y para los que la Fiscalía pedía ocho años de cárcel, han resultado absueltos.

Los hechos que han dado lugar a este caso sucedieron el 15 de abril de 2018, sobre las tres de la madrugada, a las puertas de un pub de Rota. El ahora condenado, E., se encontraba allí junto a su hermana, su cuñado y su hijo cuando se produjo “una discusión banal” con un joven que hizo un comentario tal como “tened cuidado, que no os roben los cigarrillos”.

A raíz de esta simple advertencia, la hermana del agresor reaccionó arrojando el contenido de su copa al joven, quien de forma repentina e inopinada se vio sorprendido por E., quien le propinó un golpe en la cara con un vaso de cristal. El impacto fue “tan virulento” que los dos, víctima y atacante, cayeron al suelo.

En tales circunstancias, se formó una aglomeración de personas alrededor de los implicados, sin que haya quedado acreditado que la hermana, el hijo y el cuñado de E. aprovechasen este bullicio para dar patadas y puñetazos al joven que recibió el vasazo.

Como consecuencia del golpe recibido, el chico sufrió un traumatismo ocular perforante en el ojo izquierdo con laceración de ambos párpados, estallido del globo ocular en la zona nasal superior y disrupción de la vía lagrimal inferior, entre otras lesiones que, en su conjunto, tardaron en sanar 239 días.

El agresor no solo alcanzó a la víctima con el vaso, sino que además se lo refregó

Durante la celebración de la vista oral, E. sostuvo que él solo quiso empujar al joven y que el impacto con el vaso fue fortuito por cuanto se tropezó y lo tiró “sin apuntar”. Para el tribunal, esta versión “no resulta en absoluto creíble”.

“No estamos ante un simple empujón”, argumenta la sala, que se apoya en el testimonio ofrecido por la médico forense en el juicio. La especialista sostuvo que para hacer estallar el globo ocular, “el golpe tuvo que ser directo y fuerte”. “No es una lesión que se origine por recibir el impacto de un vaso lanzado a cierta distancia”, afirmó.

Además, la perito corroboró la versión ofrecida por el joven agredido, quien manifestó que E. no solo le golpeó con el vaso en el ojo, sino que además “se lo estrujó y se lo refregó”.

A la hora de dictar la condena de E., el tribunal de la Sección Cuarta ha tenido en cuenta la agravante de reincidencia, pues este vecino de Rota ya había sido condenado anteriormente en dos ocasiones por un delito de lesiones y otro de atentado.

E. se encuentra actualmente en prisión provisional. El tribunal que lo ha juzgado ha ordenado que se le prorrogue hasta la mitad de la pena impuesta, esto es, hasta el 12 de octubre de 2022.

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