Provincia de Cádiz

8 años en un centro para discapacitados a una mujer que casi mata a su hermano

  • Un psiquiátrico penitenciario no es lo más adecuado en este caso, dice la sentencia

La Audiencia Provincial de Cádiz ha decidido internar durante un máximo de ocho años en un centro para discapacitados a una mujer que en febrero de 2008 apuñaló a su hermano en el domicilio que ambos comparten en Puerto Real y casi lo mata. La procesada padece un retraso mental moderado y dificultad para controlar sus impulsos. Fue declarada judicialmente incapacitada en 1993. Los peritos explicaron en el juicio que un centro penitenciario psiquiátrico no es el lugar más adecuado para internarla.

La sentencia de la Sección Tercera tiene en cuenta ese dictamen y opta por una medida distinta a la usual. La mujer acude diariamente a un centro ocupacional. De acuerdo con lo planteado por una psicóloga, una psicopedagoga y dos médicos forenses, seguirá yendo por las mañanas a ese centro, en el que está bien integrada, y en lugar de volver a su domicilio, pernoctará en otro de características similares, ya que allí recibirá un tratamiento más acorde con su enfermedad.

La resolución precisa que la procesada no podrá salir del centro sin la previa autorización de la Audiencia Provincial. La defensa dio su conformidad a la sentencia durante el juicio celebrado en el Palacio de Justicia de Cádiz.

El ataque que llevó a la mujer al banquillo se produjo hacia las diez de la noche del 4 de febrero de 2008. La sentencia relata que la procesada, mayor de edad y sin antecedentes penales, comenzó a discutir con su hermano, con el que convive. Durante esa disputa, la mujer cogió un cuchillo de la cocina y le dio a su hermano dos puñaladas. Una de ellas le provocó lesiones muy graves. El hombre habría muerto si no es porque recibió una inmediata atención médica. Estuvo veintisiete días hospitalizado y como secuela le quedó una cicatriz de un centímetro en el espacio intercostal izquierdo.

El fiscal ya solicitaba en su calificación provisional que fuese aplicada una circunstancia eximente de enajenación mental.

La propia procesada reconoció en el juicio los hechos, señala la sentencia, y dijo que había acometido a su hermano con un cuchillo muy grande.

Una psicopedagoga que atiende a la mujer en el centro ocupacional al que acude diariamente explicó que la asistencia le beneficia mucho y que allí no es una persona conflictiva. Que siempre que tiene algún problema con sus compañeros, recurre a un mediador para que lo resuelva. Y que, dada la buena adaptación, no sería bueno enviarla a otro centro.

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