Tribunales

Unos agricultores recuperan los más de 500.000 euros que invirtieron en unos bonos bancarios

  • La Audiencia condena al banco a devolver el capital invertido y deja muy claro en la sentencia que los clientes no fueron bien informados a la hora de contratar el producto financiero

La Audiencia Provincial de Cádiz ha dictado una reciente sentencia por la que declara la nulidad de un contrato de compra suscrito por una familia de agricultores con una entidad financiera por valor de 506.000 euros. El contrato, firmado en el año 2009, suponía la adquisición de Bonos Subordinados, que fueron canjeados en 2012 por Bonos Convertibles Contingentes (CoCos) hasta su canje definitivo en acciones en noviembre de 2015.

La sentencia de la Sección Segunda, que no es firme, ordena que el banco devuelva a la familia demandante los 506.000 euros más los intereses legales correspondientes. "Se trata de un logro importantísimo en la lucha de los afectados por las deudas subordinadas de la banca", aplaude el abogado José Luis Ortiz, que ha llevado la dirección jurídica de este caso.

La resolución judicial derivada de este caso, señala Ortiz, deja muy claro que los agricultores no contaron con suficiente información por parte del banco a la hora de contratar los bonos. Asimismo, indica que el perfil inversor de los demandantes no era el adecuado: "Lejos de ser expertos inversores, eran agricultores de profesión y sin experiencia inversora ninguna".

Según ha explicado Ortiz en un comunicado, "estamos ante oleadas de demandas a nivel nacional contra entidades financieras con enorme repercusión judicial e impacto en los tribunales, que se están viendo colapsados".

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